Pablo Emilio Guerrero Martínez, prófugo de la justicia ecuatoriana, a quien la República Checa le concedió asilo político, está procesado por el delito de irrupción y destrucción de bienes públicos, -tipificado en la normativa penal-, no por su actividad como supuesto defensor de la libertad de expresión ni por periodista.
En las notas de prensa se lo identifica a Guerrero como periodista y defensor de la libertad de expresión, sin embargo, la Unión Nacional de Periodistas dijo a Andes que no consta en sus registros. Tampoco está registrado como periodista en la Secretaría Nacional de Educación (Senescyt). Fuentes consultadas por este medio confirmaron que Guerrero no ha ejercido el periodismo, como reseñaron agencias internacionales y replicaron -sin contrastar- los medios nacionales.
Este aspirante a político, graduado en jurisprudencia, alquiló un espacio en un canal de banda UHF (Telesucesos) para darse a conocer en su intención -frustrada- de ser candidato a la Presidencia de la República.
El abogado, quien tiene vinculaciones con el partido opositor Sociedad Patriótica, irrumpió a las instalaciones del edificio de los Medios Públicos, durante la sublevación policial e intento de golpe de estado, el 30 de septiembre de 2010, con la intención de interrumpir la transmisión de lo que ocurría en el hospital donde estaba secuestrado el presidente de la República.
Antes de ingresar al canal, Guerrero alentó el levantamiento policial –que dejó como saldo ocho muertos- y dijo que los gendarmes sublevados habían dado el ejemplo para rebelarse contra el Gobierno constitucional.
Gustavo Benítez, fiscal a cargo de la investigación, determinó –luego de la indagación correspondiente- que existían los suficientes indicios para acusar y llamar a juicio a Guerrero y otras doce personas que ingresaron violentamente al canal público, ocasionando la suspensión de la transmisión.
Xavier Cazar, abogado del canal Ecuador TV, dijo que los trece sindicados están siendo juzgado por un delito común, no por un delito político que es para lo que aplica el asilo concedido por República Checa.
El delito por el cual se acusa a Guerrero está tipificado en el artículo 158 del Código Penal del Ecuador: “Será reprimido con reclusión mayor ordinaria de ocho a doce años y una multa de ochenta y siete a ciento setenta y cinco dólares, el que destruya, deteriore, inutilice, interrumpa o paralice servicios públicos (…) o instalaciones de radio teléfono, telégrafo, televisión o cualquier otro sistema de transmisión (…) con el propósito de producir alarma colectiva”.
Además de Guerrero, en agosto de 2011, el juez Quinto de Garantías Penales llamó a juicio a Marcelo Max Marín (también con vínculos con Sociedad Patriótica), Paúl Camacho Falconí, María Alejandra Cevallos (asambleísta alterna del Partido Social Cristiano), Francisco Endara, Patricio Fajardo, José Luis Guerrero Martínez, Galo Monteverde, Víctor Erazo, María Crespo, Nery Proaño, Juan Carrasco Guerra y Xavier Montesdeoca Salazar.
Desde entonces, los procesados han interpuesto una serie de acciones legales para retrasar el tramite normal del juicio, explicó el abogado Cazar. Dentro de la etapa de impugnación hubo tres recusaciones contra los jueces, una de las cuales fue archivada y las otras dos, pendientes de resolución.
Una vez concluidos estos tramites, habrá una audiencia de nulidad planteada por los procesados, posteriormente, la etapa de juicio. La concesión del asilo político a favor de Guerrero no frena el proceso judicial, expuso el jurista.