La Superintendencia de Telecomunicaciones lleva adelante el cierre de varios medios de comunicación que no se sujetan a la Ley de Radiodifusión y Televisión.
Se habla de 20 emisoras que saldrán del aire. ¿Esa resolución, en qué informes se basa?
Se basa en una serie de informes y documentos en los que el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) decidió dar por terminados los contratos de concesión.
¿Son 20 o más las emisoras que están en proceso de reversión?
La lista no es única, hay varias emisoras que se encuentran en esa situación y la cifra puede variar en más o en menos. Algunas han interpuesto recursos y nosotros antes de actuar debemos cerciorarnos de que la decisión del Conatel esté en firme y que no haya ningún recurso jurídico interpuesto para tomar las acciones pertinentes.
¿Cuántas concesiones están vigentes?
Son 1.918 concesiones: 1.159 de radiodifusión, 500 de televisión y 259 en sistemas de audio y video.
¿Y los pedidos de adjudicación?
Hay muchos que están en trámite, pero recordemos que existe una resolución del ex Conartel que establece que se debería seguir un nuevo procedimiento para la adjudicación de frecuencias y todavía no se ha hecho ninguna convocatoria. únicamente hay la decisión del Conatel de concluir esos procesos que estaban pendientes.
¿Cuáles son los motivos para que a un medio de comunicación de audio o video se le retire la concesión?
Hay emisoras, por ejemplo, que incurrieron en mora por más de seis meses y el Conatel, luego de verificar que no se ha efectuado dicho pago, aplica la ley (el artículo 67 de la Ley de Radiodifusión y Televisión).
El concesionario tiene 30 días para ejercer su derecho a la defensa y el Conatel en una siguiente sesión resuelve si continúa con la terminación o suspende el proceso, si hay mérito para ello.
En caso de que la decisión del Conatel quede en firme, el concesionario debe apagar el medio de comunicación porque la operación no está autorizada.
¿Existen otros casos?
Sí y tiene que ver con parámetros técnicos distintos a los autorizados y que son motivo de sanción por parte de la Superintendencia.
Al momento de la renovación del contrato de concesión por los siguientes 10 años, el Conatel debe verificar sobre la base de un informe de la Superintendencia si el concesionario opera bajo las características técnicas que fueron autorizadas. Si el informe de la Superintendencia es negativo, se le notifica al concesionario y éste tiene la facultad de acudir a las instancias pertinentes. De reiterarse la decisión del Conatel, la estación no es autorizada.
Otra de las causales para dar por terminado el contrato de concesión es cuando un concesionario solicita la concesión y tiene un año para operar conforme a los parámetros técnicos autorizados. Si no lo hace, la Superintendencia le otorga 90 días más para que corrija aquellos inconvenientes. Si la situación persiste, se notifica al Conatel, el cual debe resolver si da por terminada la concesión. Ese es el caso de Telesangay (en Morona Santiago).
¿Hay sanciones económicas?
No existen, lo que ocurre es que si alguien mantiene deudas con el Estado ecuatoriano, las debe pagar en forma directa o a través de juicios coactivos que las organizaciones estatales pueden emprender.
¿Qué sucede cuando han sido advertidos y siguen funcionando?
En ese caso la sanción es permanente, es decir, junto con la Fiscalía y la Intendencia de Policía se les requisa los equipos.
¿A dónde van esos equipos?
Los equipos pasan a formar parte del patrimonio de la Superintendencia. En consecuencia, ya no son devueltos a los concesionarios.
Al igual que Telesangay, radio Cosmopolita critica la intervención. ¿Usted considera que el tema lo quieren politizar?
Todas las emisoras que han sido intervenidas por parte de la Superintendencia se han agrupado en la oposición, es una extraña coincidencia y simplemente debo mencionar que los temas no tienen nada que ver con lo que ellos están argumentado. Si miran las fechas en las que se iniciaron los procesos, no caben los cuestionamientos que se presentan.
¿Cuáles son esos medios que están en mora o no han alcanzado los parámetros autorizados?
Por mora son 16 estaciones y por operar con características diferentes, siete. Las radios KMIL, en Huaquillas, y R-U Matriz Cadena Sur Ecuador, en Machala, operaron con características diferentes. Mientras. Telesangay, en Morona Santiago, y Semilla de Belén, en Azuay, por no operar dentro del año con los parámetros autorizados.
Lo que ocurre es que estas radios ni siquiera hacen bulla por el sitio en el que están (ubicadas). El decir que pertenecen a la oposición o al Gobierno no causa ningún efecto. Simplemente han incurrido en la falta y lo que deberían es demostrar que estaban al día.
Quienes se sienten aludidos han presentado acciones legales ante el Tribunal Contencioso Administrativo, ¿por qué no se esperó la resolución de esta instancia antes de la requisa?
El artículo 67 (señala) que la cancelación de la concesión acarrea la clausura de la estación, pero la Superintendencia no podrá ejecutar esta medida mientras no haya resolución en firme del Consejo o una sentencia ejecutoriada del Tribunal Contencioso Administrativo. Entendamos el tema porque la ley dice que debe ocurrir una de las dos causas, no las dos.
El hecho de que ya haya una decisión en firme del Conatel, de dar por terminado el contrato, le da derecho al concesionario de recurrir al Contencioso Administrativo, pero no se suspende la decisión de la autoridad que la otorga. Si luego, el Contencioso conociendo los argumentos esgrimidos por el concesionario resuelve que tiene razón, pues es un tema que el Conatel deberá resolver más adelante, pero esa es una mera expectativa.
Entonces, ¿cuál es el problema?
El problema es que muchos concesionarios son aconsejados por personas que dicen que deben cumplirse las dos condiciones y (les aconsejan) que continúen operando. Si eso ocurre, le corresponde a la Superintendencia actuar y eso implica la requisa del equipo.
¿Las frecuencia revertidas pasarán a las radios comunitarias?
En este momento están revertidas al Estado, el uso que se les pueda dar es el de asignar a nuevos concesionarios en el tiempo que se estime conveniente.
¿Quien incurre en la falta puede volver a pedir una frecuencia?
La actual ley no lo permite. ésta es una de las sanciones más graves, porque es a perpetuidad, pero podría reformarse.
Foto: El Telégrafo