El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) capacita a las instituciones públicas y privadas que manejan fondos públicos, sobre la obligación de rendir cuentas a la ciudadanía.
ángel Ramírez, director nacional de Rendición de Cuentas, indicó que 6.552 instituciones entre públicas y privadas deben presentar sus informes al Consejo, luego de dar explicaciones a la población.
En el caso de las autoridades de elección popular, la documentación deben presentarla hasta agosto de cada año y el resto debe hacerlo a finales del año fiscal.
Al 31 de diciembre de 2011 se receptaron 484 informes correspondientes al período 2010, de un total de 1.229 entidades entre secretarías de Estado, ministerios coordinadores, ministerios, entidades financieras, Asamblea Nacional, Corte Nacional de Justicia, Fiscalía General del Estado, superintendencias, Defensoría del Pueblo, Contraloría General del Estado, Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).
Hasta el pasado 14 de febrero, el Cpccs recogió 70 textos de 3 gobiernos provinciales, 11 municipales, 30 parroquiales, 19 asambleístas y 7 ministerios, equivalentes al ejercicio fiscal de 2011.
Para el ejercicio de rendición de cuentas, el Consejo tiene en su página web una guía que facilita los procesos de interrelación entre el sector público y la ciudadanía.
El artículo 9 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación define a este mecanismo como un proceso participativo que difunde información y reconoce a la ciudadanía su poder fiscalizador de lo público.
El artículo 91 de la mencionada ley señala que esta herramienta tiene como objetivos: garantizar a los mandantes el acceso a la información de manera periódica y permanente, con respecto a la gestión pública; facilitar el ejercicio del derecho a ejecutar el control social de las autoridades; vigilar el cumplimiento de las políticas públicas y prevenir y evitar la corrupción.
Marco Lituma, técnico de la Dirección Nacional de Rendición de Cuentas del Cpccs, de la delegación de Guayaquil, manifestó que los pasos a seguir están descritos en la Constitución y en la Ley. En este sentido, los temas sobre los que se debe rendir cuentas tienen que ver con las herramientas de planificación, planes de trabajo (en caso de autoridades electas), ejecución de presupuesto, presupuesto participativo, contratación de obras y servicios, cumplimiento de recomendaciones y pronunciamientos de la Función de Transparencia y Control Social, así como de la Procuraduría General del Estado y compromisos asumidos con la comunidad.
Ramírez añadió que apenas el Consejo conoce el informe emprende un proceso de monitoreo del cumplimiento de las políticas públicas.
Los consejeros comentaron que la rendición de cuentas corresponde al Plan Operativo Anual que deben establecer todas las instituciones.
Señalaron que apenas las autoridades presentan su informe a la ciudadanía, tienen un mes para entregarlo por escrito al Consejo y en el caso de que no lo hagan se pide a la Contraloría que actúe.