A partir de enero de 2013 no se admitirá más la presentación de formularios físicos para las declaraciones de impuestos de los sujetos pasivos; y que, por lo tanto, éstas deberán realizarse exclusivamente vía Internet, sin importar el monto de sus obligaciones y aún cuando no tengan impuestos u otros conceptos a pagar, informó el Servicio de Rentas Internas.
La disposición de declarar vía Internet se desarrollará de manera gradual, tomando en cuenta el noveno dígito de su identificación.
Por lo tanto, únicamente los contribuyentes que tengan los dígitos señalados deben incorporarse al proceso en la fecha marcada; consecuentemente se pide a la ciudadanía que se acerque a solicitar sus claves de manera paulatina (en abril y mayo las personas con noveno dígito: 1 y 2). De este modo, el SRI podrá proporcionar un servicio de calidad a la ciudadanía, y se evitará la formación de aglomeraciones, largas filas, tiempos de espera, e inconvenientes en general.
Esta resolución tiene por objetivo dar mayor facilidad a los contribuyentes al momento de declarar sus impuestos, ya que al realizarlo por Internet, se obtienen numerosas ventajas, como:
– Disminución de costos (al no adquirir formularios físicos).
– Proceso más rápido y horario ilimitado (24 horas al día, los 7 días de la semana).
– Forma de pago más flexible (Nota de crédito, tarjeta de crédito).
– Información totalmente fiel a lo declarado por el contribuyente (ya que no intervienen terceros).
– Capacitación permanente a nivel nacional (islas web).
– Prescindir del desplazamiento hasta una agencia y ahorro de tiempo en filas.
Para este efecto, los contribuyentes deberán acercarse a cualquier agencia del SRI para obtener su clave de seguridad, exigencia indispensable para realizar las declaraciones en línea. Los requisitos son los siguientes:
– Acuerdo de Responsabilidad y Uso de Medios Electrónicos correctamente lleno y firmado por el contribuyente. (Disponible en www.sri.gob.ec, opción Declaración de Impuestos).
– Original, a color, de la cédula de ciudadanía o pasaporte (en caso de ser extranjero) del contribuyente o representante legal.
– Original del certificado de votación (o equivalente) del contribuyente o representante legal.
– Copia del nombramiento (sólo para Sociedades cuyo representante legal no esté registrado en el RUC).
Si el trámite es realizado por una tercera persona deberá además:
– Entregar el original de la carta de autorización firmada por el contribuyente o representante legal, en el que conste los apellidos, nombres y número de identificación del autorizado, indicando que dicha persona va a realizar el trámite de obtención de la clave de acceso.
– Entregar una copia a color de la cédula de ciudadanía o pasaporte del contribuyente.
– Presentar el original y entregar una copia de la cédula de ciudadanía o pasaporte a color de la persona autorizada a realizar el trámite.
– Presentar el certificado de votación de la persona autorizada a realizar el trámite.
– En caso de que la tercera persona firme el acuerdo de responsabilidad, adjuntar copia del Poder General o Especial que la faculte.
Una vez se obtenga la clave de seguridad personal, se podrá realizar las declaraciones desde cualquier computador con acceso a Internet. Es necesario instalar el programa DIMM Formularios, el cual se lo puede descargar desde la página web (www.sri.gob.ec), opción Descarga DIMM Formularios.
El SRI aclara que los formularios físicos no desaparecerán en mayo, sino que, como se dijo anteriormente, el proceso de eliminación de formularios se dará de forma gradual, comenzando desde mayo hasta diciembre de 2012.
Para mayor información, el usuario podrá dirigirse a la página web (www.sri.gob.ec) o comunicarse al Centro de Atención Telefónica 1 700 SRI SRI (774 774).