El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) desestimó la acusación en contra de la revista Vistazo por supuestamente romper el sigilo electoral durante la campaña electoral de la Consulta Popular del 07 de mayo de 2011 en contra de la revista Vistazo.
“Desestimar por improcedentes las denuncias presentadas (…) en contra de los representantes legales de la revista Vistazo (…) Se ratifica su inocencia”, reza la sentencia.
“En el presente caso no ha actuado una clara, concreta, evidente que conduzca a determinar que el editorial de la revista Vistazo haya violado normas constitucionales. (…) El editorial tampoco contraviene lo escrito en el art 202 del artículo de la democracia que se refiere al alquiler de publicidad”, dice la sentencia en su parte argumentativa.
Raúl Ocaña, representante del grupo ciudadano demandante dijo no extrañarse por el fallo de la jueza Ximena Endara. “Vamos a recurrir a todas las instancias jurídicas del país. (…) No vamos a claudicar frente a este compadrazgo entre los medios de comunicación y los jueces tembleques de este país”, dijo Ocaña.
Según los denunciantes, la publicación 1049 de esa empresa editorial atentaba contra los artículos 16 al 19 de Constitución Política del Ecuador, pues habría circulado el 06 de mayo de 2011, cuando la ley facultaba su publicación hasta el 04 de ese mes. Además, ellos argumentaron que dicha publicación hizo flagrante propaganda a favor del “No” en la consulta.