El Ministerio de Industrias y Productividad estableció la obligatoriedad del registro de las empresas reencauchadoras para regular la participación de las compañías en el proyecto Reusa llanta.
La disposición suscrita por la Ministra de Industrias y Productividad, Verónica Sión, tiene como finalidad obtener productos con estándares de calidad que protejan la vida y la seguridad de los usuarios del transporte público y privado de buses y camiones.
Las empresas interesadas en registrarse como empresas reencauchadoras dentro del programa Reusa Llanta deberán cumplir con una serie de requisitos y hacerlo en la Subsecretaría de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industrias.
El acuerdo ministerial 11-337, del 7 de septiembre del 2011, establece que si la Certificadora ha emitido observaciones o recomendaciones que debe cumplir la empresa reencauchadora, concederá un plazo de hasta 120 días para que esa recomendación sea implementada. En consecuencia, durante ese período, su registro continuará en proceso.
Asimismo, señala que aquellas solicitudes de registro que incumplan con la presentación de uno de los requisitos establecidos no serán registradas como empresas reencauchadoras. Y en caso de que una solicitud no haya sido contestada en el lapso de 30 días, se entenderá negada.
La normativa agrega que las empresas reencauchadoras que consten en el registro del Ministerio de Industrias y Productividad deberán remitir, en formato digital, reportes trimestrales de reencauche a la Subsecretaria de Comercio e Inversiones. Las empresas reencauchadoras que no cumplan este requisito serán objeto de la suspensión temporal de su registro.
La renovación del registro de las empresas reencauchadoras, según la disposición legal, se realizará anualmente.