El próximo viernes 12 de agosto será día de descanso obligatorio para todos los trabajadores y empleados del sector público y privado del país, de acuerdo al del Decreto Ejecutivo N. 418 que pretende estimular el turismo interno.
El Decreto indica que los feriados de descanso obligatorio, establecidos en la Ley, que correspondan a los días martes, miércoles o jueves, se trasladen al día viernes de la misma semana.
En este año, el 10 de agosto, fecha en la que se rememora el Primer Grito de Independencia, será miércoles, por lo que el descanso se traslada al viernes 12 de agosto.
Asimismo, el Decreto señala que las celebraciones, sesiones, ceremonias cívicas, educativas, religiosas o militares que correspondan a los días 24 de mayo, 10 de agosto y 9 de octubre deberán realizarse en la misma fecha y día de aniversario.
Finalmente, se garantiza la provisión de servicios públicos básicos de salud, bomberos, aeropuertos, terminales aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y servicios bancarios con el personal mínimo necesario para satisfacer las demandas colectivas.