Seis de los 11 integrantes de la Comisión de Comunicación aprobaron los 21 artículos del anexo al segundo informe al proyecto de Ley Orgánica de Comunicación, relacionados con las preguntas 3 y 9 de la consulta popular del pasado 7 de mayo que tratan sobre la responsabilidad ulterior, contenidos discriminatorios y el Consejo Regulador.
Los asambleístas Mauro Andino, ángel Vilema, Rolando Panchana, Betty Carrillo, María Augusta Calle y Emilia Jaramillo, pertenecientes al movimiento Alianza PAIS, aprobaron el articulado.
Hasta la 13:00 los legisladores aprobaron los primeros 12 artículos ante las críticas de los asambleístas Cynthia Viteri, Fausto Cobo, César Montúfar, Lourdes Tibán y Jimmy Pinoargote. Pese a que se solicitó que se vote artículo por artículo, la propuesta de Panchana de aprobar por temas primó.
Así, los artículos del 1 al 12 recogen aristas como: la igualdad y no discriminación, la libertad de programación, contenido, identificación y clasificación de los tipos de contenidos (informativos, de opinión, formativos, de entretenimiento, deportivos y publicitarios). Además abordan temáticas como la regulación de contenidos con mensajes discriminatorios, medidas administrativas y la regulación de contenidos violentos y explícitamente sexuales. De esto se encargará el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación. La jornada continuó en la tarde y, a pesar de que el oficialismo tomó las decisiones, los legisladores de la oposición no abandonaron la sala.
Montúfar dijo que se está cometiendo inconstitucionalidades, principalmente con lo que establecen los artículos 10 y 11 de la propuesta del oficialismo, porque se cae en la censura previa. Los artículos se refieren a los contenidos violentos y su prohibición. Cobo calificó de “dictadura” la actitud adoptada por los seis asambleístas del oficialismo y Viteri añadió que para eso no debió haber debate y aprobar directamente la propuesta inicial de Andino.
A las 15:00 la Comisión se volvió a instalar y una hora más tarde PAIS aprobó 3 artículos más relacionados con la responsabilidad ulterior.
La votación giró en torno a la propuesta de Diego Falconí, alterno de María Augusta Calle, quien se excusó de continuar en la sesión por problemas de salud. El artículo 13 establece que la responsabilidad ulterior es “la obligación que tiene toda persona de asumir consecuencias jurídicas, administrativas, civiles y penales posteriores a difundir, a través de los medios de comunicación, información de relevancia pública que lesione derechos humanos, la reputación, el honor, buen nombre de las personas y la seguridad pública del Estado, de acuerdo a lo que establece la Constitución”. El 14 establece la responsabilidad ulterior de los medios en los ámbitos civil y administrativo, cuando las informaciones de relevancia pública difundidas sean asumidas expresamente por el medio o no se hallen atribuidas explícitamente a otra persona.
En cuanto a la idea de coartar los contenidos de las redes sociales y plataformas tecnológicas, para evitar confusiones se eliminó la frase plataforma tecnológica en los artículos 5 y 10 del informe.
Los comentarios formulados al pie de publicaciones electrónicas en las páginas web de los medios formalmente constituidos serán de su responsabilidad si no verifican la identidad de las personas que formulan dichos comentarios.
El artículo 15 dispone la responsabilidad solidaria del medio, sus propietarios, accionistas, directivos y representantes legales, para cancelar las indemnizaciones y compensaciones de carácter civil que les toque cumplir.