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Política

Chiriboga: objeciones a selección del Fiscal carecen de fundamento

Última actualización 2011/04/19 at 2:39 PM
Publicado el 19 abril, 2011
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2 Minutos de lectura
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El embajador de Ecuador en España, Galo Chiriboga reiteró que las objeciones planteadas por algunos concursantes sobre posibles irregularidades en el proceso de selección del nuevo Fiscal General de la Nación son “temerarios y carecen en absoluto de fundamento”.
Chiriboga participa en el concurso público de oposición y méritos para la selección de la primera autoridad de la Fiscalía General junto a otros 26 participantes. Algunos postulantes señalaron que hubo irregularidades en la asignación de puntos de ese concurso. Uno de ellos, Dimitri Durán, presentó una Acción de Protección que fue aceptada por la jueza 5ta de Tránsito, con lo que quedaría suspendido el proceso de selección del Fiscal hasta que haya una sentencia por parte de la jueza.
Esta tarde la Comisión de Selección analizará el pedido de suspensión del concurso propuesto por Alarcón. Asimismo, dos miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) pidieron una sustentación sobre el proceso de selección que designará al nuevo Fiscal General del Estado, y que está a cargo de la Comisión de Selección del organismo.
Ayer, el presidente de la Comisión de Selección, Vicente Ulvio Guadalupe, dijo en rueda de prensa que lamenta que el Equipo Técnico no haya guardado la reserva sobre las calificaciones parciales de los 27 postulantes a la dignidad. Aseguró que este equipo tiene únicamente un nivel operativo y no de decisión, por lo que solo la Comisión puede emitir informes para dar a conocer los resultados del proceso.
Chiriboga respaldó estas declaraciones y afirmó que de acuerdo con el artículo 209 de la Constitución, no es la Comisión Técnica, que sólo tiene funciones de asesoría para emitir el informe preliminar de la fase de méritos, sino la Comisión Ciudadana de Selección (CCS) “la encargada de llevar a cabo, en los casos que corresponda, el concurso dpúblico de oposición y méritos con postulación, veeduría y derecho a impugnación ciudadana”.

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lkAj8N63V 19 abril, 2011
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