El Ministerio de Relaciones Laborales recuerda que el pago de utilidades que deben realizar los empleadores del sector privado a sus trabajadores, vence el próximo 15 de abril.
Para facilitar la legalización de este pago, el Ministerio de Relaciones Laborales implementó desde el 25 de marzo del 2011 el nuevo sistema de Legalización del Informe Empresarial Sobre Participación de Utilidades en línea, para lo cual las empresas, personas naturales e instituciones de carácter social deben ingresar a la página web: www.mrl.gob.ec.
Previamente se debe adquirir la especie valorada cuyo valor es de dos dólares exclusivamente en las dependencias del Ministerio de Relaciones Laborales a nivel nacional, la misma que contiene información relacionada con los datos de la persona natural o jurídica y el rol con la correspondiente firma de los trabajadores que avalizan el pago.
De acuerdo al art. 97 del Código de Trabajo, el 15% de las utilidades generadas por una empresa deben ser repartidas a los trabajadores. Sin embargo, existen tres excepciones, las mismas que se encuentran determinadas en la Ley de Minería y Ley de Hidrocarburos. El 3% para las empresas Mineras y para aquellas de actividades hidrocarburíferas; y el 10% para la Pequeña Minería.