Con 59 votos, el Pleno de la Asamblea Nacional se allanó ayer, jueves, a 25 de las 26 observaciones del Ejecutivo a las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Entre las principales innovaciones crea la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), en reemplazo de la Comisión de Tránsito del Guayas (CTG).
También crea la Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que estará adscrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Para su operatividad, estará regida por un directorio que elaborará el Plan Nacional de Transporte Terrestre y supervisará su cumplimiento.
Regula, además, el otorgamiento de las licencias de conducir, así como los requisitos y procedimientos para su renovación, en función de las veces que el conductor haya perdido la totalidad de los puntos. El cuerpo legal prevé que en el plazo de 90 días, a partir de la vigencia de esta normativa, que todas las compañías y cooperativas de transporte masivo de pasajeros y de carga están obligadas a presentar ante la Agencia las respectivas certificaciones del IESS y copias de los contratos de trabajo. De no hacerlo, se suspenderán las autorizaciones o permisos de operación, hasta que cumplan con esta obligación.
En las disposiciones transitorias se establece un plazo perentorio de dos meses para la legalización y regularización del servicio ejecutivo, a partir de la promulgación de la Ley para la entrega de los respectivos permisos de operación.
Respecto del Fondo de Accidentes de Tránsito (FONSAT), el cuerpo legal determina que la Agencia de Regulación y Control dictará el reglamento de aplicación, funcionamiento y destino de sus recursos.
Una vez resuelta la objeción parcial del Ejecutivo, el texto será remitido en las próximas horas al Registro Oficial (RO) para su promulgación.