Del 8 al 12 de marzo de 2011, en París se realizará la Audiencia de fondo en el arbitraje internacional iniciado por la compañía Burlington en contra del Ecuador el 21 de abril de 2008, con la presentación de la Solicitud de Arbitraje ante el CIADI, a la que asistirá el procurador General y el equipo de abogados de la defensa del Estado.
La Procuraduría informó que en la Audiencia se discutirá la legitimidad de las medidas adoptadas para regular el sector hidrocarburífero, como la Ley 42 (que fue aprobada por el Congreso Nacional en abril del año 2006) y la figura de la caducidad (institución jurídica que existe en los contratos y la Ley de Hidrocarburos).
A partir del año 2005, con la escalada de los precios internacionales del barril de petróleo, el Estado ecuatoriano adoptó una serie de medidas encaminadas a corregir el desequilibrio que se produjo en la economía de los contratos petroleros.
Ese desequilibrio también se presentó en los contratos vigentes a esa época con las compañías Perenco y Burlington, que formaban parte del consorcio que tenía a su cargo la operación de los bloques 7 y 21 en la Amazonía ecuatoriana.
Ante el escenario de un precio de barril de petróleo en el mercado internacional muy superior al previsto en los contratos, el Estado ecuatoriano aprobó una ley (la Ley 42-2006) para corregir lo que en su momento generó una ganancia injustificada a favor de las compañías petroleras y un desequilibrio financiero en perjuicio del Estado.
Una vez que las autoridades encargadas de la ejecución de la Ley 42 exigieron su cumplimiento, el consorcio incumplió sus obligaciones de pago bajo el nuevo marco legal en el Ecuador y abandonó de manera ilegal los bloques a su cargo. Como consecuencia de la medida unilateral del consorcio, el Ministerio del ramo inició el debido proceso de caducidad, que culminó en julio de 2010, con la terminación de los contratos.