Con el voto favorable de 108 legisladores, el Pleno de la Asamblea ecuatoriana aprobó este martes el proyecto de Ley Orgánica de Educación Intercultural que reivindica la rectoría del Ministerio de Educación, determina un nuevo esquema de remuneraciones del Magisterio y establece el incremento del incentivo para la jubilación de los educadores de 12 a 36 mil dólares, es decir que se ubica en los niveles del sector público general.
De acuerdo con la nueva tabla salarial, los maestros que se ubican en la categoría A recibirán una remuneración de 1.590 dólares; la categoría B, 1.340 dólares; la C, 1.150 dólares; la D, 1.30 dólares; la E, 935 dólares; la F, 855 dólares; la G, 775 dólares; la H, 695 dólares; y I, 640 dólares; y la J, 500 dólares. La categoría AA se mantiene.
El legislador Mao Moreno, destacó el incremento del salario del magisterio en un 150% y la profesionalización y la estabilidad de los educadores, que podrán acceder al nombramiento.
El documento, que fue aprobado con la asistencia de delegados de la Unión Nacional de Educadores y de miembros de Alianza País, dispone que que ” todos los habitantes del Ecuador son titulares del derecho a la educación de calidad, laica y gratuita en los niveles inicial, básico y bachillerato, así como a una educación permanente a lo largo de la vida, formal y no formal”.
Además, garantiza el derecho a la educación, la interculturalidad y la plurinacionalidad, determina los principios y fines generales que orientan la educación ecuatoriana en el marco del Buen Vivir, desarrolla y y establece las regulaciones básicas para la estructura, los niveles y modalidades, modelo de gestión, el financiamiento y la participación de los actores del Sistema Nacional de Educación.
La normativa, que contiene 143 artículos, 13 disposiciones generales; 40 disposiciones transitorias; 11 derogatorias y una disposición final, desagrega, enuncia y transversaliza los derechos, deberes y obligaciones del Estado, de los estudiantes, docentes, familia, de la Comunidad educativa y de las instituciones educativas. Las obligaciones se conciben en el contexto de la corresponsabilidad y son claramente medibles y demandables.
Establece que las autoridad Educativa Nacional autorizará, regulará y controlará el funcionamiento de todas las instituciones públicas, municipales, particulares y fiscomisionales, en el ámbito de su competencia, así como las políticas emitidas y los recursos asignados de conformidad con la presente Ley y Reglamento.