El presidente de la Función Legislativa, Fernando Cordero, mediante comunicación dirigida al Presidente de la República, Rafael Correa, solicitó únicamente declare a la Asamblea Nacional, Zona de Seguridad, al amparo del artículo 165, numeral 5 de la Constitución y lo establecido en la Ley de Seguridad Pública y del Estado.
Según el artículo 38 de la citada ley publicada el 28 de septiembre de 2009, por zona de seguridad se entiende el espacio territorial cuya importancia estratégica, características y elementos que la conforman, requieren de una regulación especial con la finalidad de garantizar la protección de esta zona ante eventuales graves afectaciones o amenazas a la seguridad, según precisó el sitio web de la Asamblea.
En la actualidad está vigente y próximo a expirar lo establecido en el Decreto No. 500 de 9 octubre de 2010 mediante el cual se declaró el Estado de Excepción en el cantón Quito, provincia de Pichincha; al concretarse lo solicitado por el Presidente de la Asamblea, la medida regirá para el espacio geográfico de la Función Legislativa.