El Ejecutivo pide que en ningún caso se puedan realizar grabaciones de audiencias públicas por parte de los medios de comunicación, en su veto al numeral 2 del artículo 563 del proyecto de Código Penal.
El documento señala que esto se sugiere en concordancia de lo que establece el Código de la Función Judicial. Menciona además que el registro de estas diligencias podría constituir una herramienta de amedrentamiento hacia los administradores de justicia, que por presiones mediáticas podrían perder su imparcialidad al momento de conocer y tomar una decisión en un caso.
En tanto, en la tipificación de la calumnia, el Ejecutivo propone que se exceptúe de responsabilidad penal a los profesionales del derecho que las emitan en la defensa de una causa y plantea que si antes del dictamen de sentencia la persona que dijo calumnias se retracta, entonces ya no existe responsabilidad penal.