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Oficiales acusados de delitos de lesa humanidad no podrán enajenar bienes hasta por $200.000

Última actualización 2013/10/04 at 5:38 PM
Publicado el 4 octubre, 2013
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4 Minutos de lectura
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Los 10 agentes que se encuentran investigados por el delito de lesa humanidad no podrán enajenar bienes hasta por un valor de 200.000 dólares. Así lo dispuso la jueza Lucy Blacio, presidenta de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, quien emitió el jueves, a las 17:00, la providencia.

La providencia señala que es necesario asegurar la presencia de los procesados a juicio, la ejecución de la pena y la indemnización pecunaria (pago de una multa al Estado como castigo por haber cometido un delito), en conformidad a lo dispuesto por el artículo 192 del Código de Procedimiento Penal.

El caso se encuentra actualmente en instrucción fiscal por 90 días, tiempo en el cual se recopilará toda la información pertinente al caso.

Los 10 altos mandos se circunscriben a un delito de lesa humanidad, dentro del cual están los delitos de tortura, desaparición forzada y violencia sexual de Luis Vaca, Javier Jarrín y Susana Cajas, ex integrantes de Alfaro Vive Carajo (AVC) y que habrían recibido un grave atentado a sus derechos humanos en 1985.

De los procesados, tres (Luis P., Edgar V. y Fernando R) se encuentran con orden de prisión por estar fuera del país. Luis P. fue ex ministro de Defensa durante el gobierno de León Febres Cordero; Édgar V. fue exjefe del Servicio de Investigación Criminal (SIC 10), y Fernando R. fue exmédico de la Escuela de Agrupamiento de Inteligencia Militar (AIM) de Conocoto.

Según la providencia, Luis P. y Edgar V. se encuentran actualmente en Estados Unidos. De acuerdo a los reportes de Extranjería, Edgar V. salió del país el 14 de junio de 2013. Mientras que Luis P. salió del país el 8 de septiembre de 2013. Con esta medida, se aseguraría, según el proceso judicial, un total 2 millones de dólares en indemnización para Luis Vaca, Susana Cajas y Javier Jarrín, quienes fueron víctimas de violación de derechos humanos durante el régimen de Febres-Cordero.

Orden de arresto domiciliario por la edad avanzada

Para el resto de los siete procesados también recae el impedimento de enajenar los bienes hasta por 200.000 dólares.

Jorge A. (ex ministro de Defensa y ex jefe del Comando Conjunto de FF.AA.), Carlos J.; Marcelo D., ex directores de Inteligencia entre 1985 a 1986; Mario A. (ex director del IAM); Nelson E. (ex jefe del Servicio de Inteligencia de Quito) Juan V. ( ex comandante de la AIM) y Guillermo R. (ex director del SIQ), la jueza dispuso el arresto domiciliario con vigilancia policial de conformidad a lo prescrito en el artículo 160 numeral 11 del Código de Procedimiento Penal, con el objetivo de asegurar la presencia de los procesados a juicio, la ejecución de la pena y la indemnización pecuniaria.

También se estimó como medida cautelar la prohibición de ausentarse del país en cumplimiento del artículo 160 número 4 del Código de Procedimiento Penal.

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lkAj8N63V 4 octubre, 2013
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