El presidente de la República, Rafael Correa, remitió a la Asamblea Nacional para su conocimiento dos instrumentos internacionales, suscritos entre los gobiernos de Ecuador y China.
Uno de ellos es el Convenio de Cooperación Económica y Técnica Este instrumento se firmó en Quito, el 24 de noviembre de 2009. En éste, el Gobierno de China conviene en proporcionar al Ecuador una línea de crédito de 20 millones de yuanes de Renminbi, libre de interés, en un período de cinco años, comprendidos entre el 1 de diciembre de 2009 y el 30 de noviembre de 2014. El crédito será destinado a financiar proyectos que acuerden las partes.
El otro, es el Acuerdo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal con respecto a los impuestos sobre la renta.
Dicho acuerdo, se firmó en Quito el 21 de enero de 2013. Éste se aplica a los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de los estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales, cualquiera que sea el sistema de exacción.
Se consideran impuestos sobre la renta los que gravan la totalidad de la renta o cualquier parte de la misma, incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de la propiedad mobiliaria o inmobiliaria y los impuestos sobre los importes totales de los sueldos o salarios pagados por las empresas.
Ambos instrumentos cuentan con el informe previo y vinculante de constitucionalidad de parte de la Corte Constitucional, mismos que entrarían a conocimiento, trámite y resolución de la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales.