La documentación entregada por las también activistas de la comunidad Lgbti (Lesbianas, gays, bisexuales, travestis e intersexo) fue analizada por la institución pública, que a través de un comunicado informó que «dicha solicitud fue receptada, al igual que todos los requerimientos que llegan, en cumplimiento de la normativa vigente, previo a tomar la decisión correspondiente».
Ayer, la dirección jurídica del Registro Civil les respondió que la institución estatal requiere a las peticionarias que para continuar con el trámite pertinente, previo a la celebración del matrimonio civil, deben completar los requisitos establecidos en la Constitución y el Código Civil. La súplica fue rechazada por el organismo basándose en la Constitución, que establece que: «el matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal».
En el comunicado se ha incluido el artículo 81 del Código Civil, en el que se indica que el matrimonio es un contrato solemne por el cual «un hombre y una mujer» se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.
Al recibir la respuesta, que ya esperaban Pamela y Gabriela, el segundo paso será plantear una acción de protección, porque consideran que existe una violación de derechos.
Ramiro García, quien apoya el reconocimiento de este derecho para la minoría Lgbti, explicó que pese a que hay varias posibilidades a las que podrían recurrir como la corte constitucional, primero deben agotar la acción de protección, que sería el paso a seguir en el proceso para acceder al matrimonio igualitario.