«Evidencia científica confirma que la Pastilla Anticonceptiva de Emergencia (PAE), cuyo compuesto es levonorgestrel, funciona como un anticonceptivo y no como un abortivo», así lo afirmó Daniela Alvarado, gerente de la Estrategia Nacional Intersectorial de Planificación Familiar (Enipla).
Esta aseveración esta fundamentada en varios documentos de evidencia científica avalados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y diversos organismos y consorcios científicos.
Una investigación realizada por la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (Figo) señala que existe evidencia sólida de que el principal mecanismo de las PAE es inhibir la liberación del óvulo. El estudio realizado en mujeres que tomaron la píldora antes de la ovulación señaló que esta impidió el embarazo, mientras que las mujeres que tomaron la píldora el mismo día de la ovulación o después del proceso quedaron embarazadas.
Alvarado reitera que la píldora debe tomarse lo más pronto posible después de una relación sexual en las subsiguientes 72 horas. Mientras más pronto se ingiera será más eficaz. Asimismo, aseguró que no existe ningún efecto sobre el embrión si la píldora es consumida cuando ya existe un embarazo. «El levonogestrel actúa como la hormona progesterona sintética, esta es la hormona del embarazo, por ende es un mito que esta pastilla afecta al embrión», manifestó.
La funcionaria explica que las PAE «no deben utilizarse como un método regular ni constante. Las mujeres en edad fértil pueden utilizarla en situación de violencia sexual, por falla del preservativo u olvido del anticonceptivo regular», señaló. Las nauseas, dolores abdominales y cefaleas constan como posibles efectos secundarios.
Cuando una mujer solicita las PAE, la entrega viene acompañada de asesoría médica y esta política responde a la demanda social en torno a los derechos sexuales individuales. Por ello, para su entrega no existe ningún tipo de discriminación por etnia, condición social o se necesita de una autorización de terceras personas.
La funcionaria explica que en el caso de menores de edad es necesario actuar bajo acompañamiento psicosocial o junto a instancias de justicia y protección si es necesario por posibles casos de abuso sexual. «Es necesario trabajar intersectorialmente en programas de prevención, promoción de la salud y planificación familiar», señaló.
La anticoncepción oral de emergencia se enmarca en la Política Pública de Salud Sexual y Reproductiva, en contexto de un reglamento general de anticoncepción que busca fortalecer el acceso a servicios médicos de calidad, información científica no cargada de percepciones personales o morales, asesoría adecuada en métodos de planificación familiar y acceso a medicamentos.