El proyecto de reformas a las Leyes de Minería; para la Equidad Tributaria en el Ecuador y a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, fue remitido al presidente de la República, Rafael Correa, quien podrá sancionarlo u objetarlo en el plazo de 30 días, de conformidad con lo que determina la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en sus artículos 63 y 64.
La normativa legal determina que dentro de los dos días hábiles siguientes a la aprobación del proyecto de ley, la presidenta de la Asamblea, lo envíe al Mandatario para que lo sancione u objete de forma fundamentada, Sancionado el proyecto de ley o de no haber objeciones dentro del plazo máximo de 30 días posteriores a su recepción, se promulgará la ley y se publicará en el Registro Oficial.
En cambio, el artículo 64, inciso segundo, establece que si la objeción fuera parcial, el presidente de la República presentará un texto alternativo, que no podrá incluir materias no contempladas en el proyecto, igual restricción observará la Asamblea en la aprobación de las modificaciones sugeridas.
El proyecto contiene reformas respecto a varios temas, como el fortalecimiento de la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom), el pago de rentas y regalías, impuestos a los ingresos extraordinarios, la entrega de licencias y defensa ambientales, entre otros aspectos.
Además, establece la eliminación del uso del mercurio en la actividad, sanciones a la minería ilegal, la creación de la mediana minería, capacitación a mineros artesanales, modificaciones a la compra de oro, responsabilidades tributarias, etc.