La existencia de un reglamento explícito es necesario en el tema de donación de órganos, para que la ciudadanía no tenga vacíos sobre sus derechos y obligaciones en este campo. Aquello busca el Reglamento General que regula el desarrollo y aplicación de la Ley Orgánica de Donación y Trasplantes de órganos, Tejidos y Células en Ecuador.
El reglamento fue suscrito por el presidente Rafael Correa bajo el Decreto Ejecutivo 1205, el 26 de junio pasado, y entrará en vigencia una vez que se publique en el Registro Oficial.
Entre los alcances de este cuerpo legal están normar la actividad de donación y trasplantes de órganos, tejidos y células, incluyendo la terapia celular y todos los procedimientos que tengan como finalidad un trasplante.
También la gestión para la provisión de órganos, tejidos y células en los procedimientos médicos, y el desarrollo y coordinación del Sistema Nacional Integrado de Donación y Trasplantes (Sinidot) constituido por instituciones públicas y privadas que efectúan trasplantes.
Un paso requerido para poner en marcha la ley de donación de órganos es la implementación de un sistema informático que agilitará los procesos de coordinación entre los distintos actores del Sinidot, y la consolidación de los derechos de la ciudadanía para recibir trasplantes, informó Diana Almeida, directora de la institución.
Otros aspectos a seguir, tras la aprobación del reglamento en la Asamblea Nacional y luego del Ejecutivo, son definir la consolidación del registro de potenciales donantes de progenitores hematopoyéticos (médula ósea), dar seguimiento a las instituciones que ofertan servicios de terapia celular o regenerativa, regular, y controlar el funcionamiento de los servicios para garantizar el derecho ciudadano de recibir una información veraz sobre estas alternativas.