El proyecto de ley reformatoria a Ley de Minería actual enviadas por el Ejecutivo el pasado 16 de mayo fueron aprobadas con 105 votos a favor, 14 negativos y 14 abstenciones, de los 133 legisladores presentes.
La reforma es principalmente de carácter tributario y en cuanto a los procesos para iniciar las actividades mineras. Entre las modificaciones se establece:
A diferencia de la Ley Minera vigente las reformas permitirán se realicen sólo dos actos -actualmente diez- de manera obligatoria para el inicio de actividades mineras: el del Ministerio del Ambiente, y la autorización de uso del recurso hídrico por parte de la Secretaría Nacional del Agua.
En temas ambientales se simplifica el procedimiento para el otorgamiento de licencias ambientales.
Para el proceso de caducidad de derechos se establecen nuevas normas, con las que se pretende introducir un proceso administrativo con una fase de notificación, juzgamiento y remedio (revocatoria de delegación, derecho de propiedad de los bienes, terminación de contrato de explotación).
En cuanto a los aspectos económicos y tributarios se establece que las ganancias extraordinarias, actualmente cobradas desde el inicio de la explotación, serán pagados después de la recuperación de la inversión.
El Banco Central tendrá mayor participación como comercializador único del oro para minería artesanal.
Las reformas plantean una base y un techo para el porcentaje de las regalías en oro, plata y cobre, en la minería a gran escala. La Ley actual no establece un límite para el cobro de regalías.
Con respecto al otorgamiento de derechos mineros, en la Ley actual no existe limitación para el otorgamiento de derechos mineros a empresas en paraísos fiscales, se incorpora una prohibición de socios, accionistas o partícipes, directa o indirectamente en empresas domiciliadas, constituidas o ubicadas en paraísos fiscales.
Con las reformas se prevé fortalecer la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), donde el directorio incorporará a la Secretaria Nacional de Planifcación (Senplades).
A la vez se endurecen las sanciones para la minería ilegal pues se faculta el decomiso especial, incautación, inmovilización, destrucción, demolición, inutilización y neutralización de la maquinaria utilizada en minería ilegal, para efectivizar el control nacional y para adecuarse a la normativa de la CAN.
También se prohíbe el uso de mercurio en actividades mineras.
Se faculta al Estado para que otorgue concesiones mineras de forma directa a empresas estatales extranjeras, así como para suscribir de forma directa contratos de prestación de servicios en áreas concesionadas.
Críticas de la oposición
Entre las críticas de la oposición en el primer debate de la Ley Minera resaltan las posibilidades de que el Estado otorgue concesiones mineras de forma directa y el traspaso de operaciones a otras empresas.
Por su parte los representantes de Pachakutik en la Asamblea criticaron argumentaron que la reforma afecta los derechos colectivos de los pueblos donde se desarrollan las concesiones mineras por lo que piden una consulta prelegislativa.
El proyecto aprobado con las modificaciones introducidas por la Comisión de Régimen Económico y Tributario pasará a manos del Ejecutivo quien en 30 días deberá dar su veredicto sobre éste.