A través de un Decreto Ejecutivo, el trigo, la harina de trigo, los grañones y la sémola de trigo fueron exonerados del pago del derecho variable Ad Valorem para su importación.
El decreto regirá por el plazo de 12 meses y la Corporación Andina de Fomento (CAF) será el ente encargado de verificar que las empresas importadoras se encuentren en la lista blanca del Servicio de Rentas Internas (SRI) para acogerse a este beneficio.
Las empresas beneficiadas deberán mantener una política de estabilidad de precios siendo, el Ministerio de Industrias, el ente responsable de que eso se cumpla.
Las molineras están obligadas a la absorción de la producción nacional de trigo, en forma conceptual y de acuerdo a los volúmenes de 2009.