La Asamblea Nacional, según la resolución del Consejo de Administración Legislativa (CAL) iniciará el receso Legislativo, desde el lunes 15 al 29 de agosto de 2011.
El Consejo de Administración Legislativa facultó al Presidente de la Legislatura, convocar a sesión extraordinaria del Pleno y a los integrantes del Consejo de Administración Legislativa, cuando lo considere necesario.
Si en el período de receso ingresare para tratamiento en la Asamblea Nacional, un proyecto de Ley de urgencia en materia económica, se convocará a sesiones extraordinarias y se suspenderá el receso legislativo. Los días en que se efectúen las sesiones extraordinarias se recuperarán en forma posterior.
La resolución se fundamenta en el artículo 123 de la Constitución, que establece que el Pleno de la Asamblea Nacional sesionará de forma ordinaria y extraordinaria, con dos recesos anuales de 15 días cada uno.