En la sesión No. 73 del Pleno de la Asamblea Nacional, convocada para mañana, a las 09h30, se iniciará el segundo debate del proyecto de Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, con base en el informe favorable remitido por la Comisión de Régimen Económico y Tributario.
El Código de 236 artículos tiene como propósito regular el proceso productivo en las etapas de producción, distribución, intercambio, comercio, consumo, manejo de externalidades e inversiones productivas orientadas a la realización del Buen Vivir.
Exoneración de IR
Las sociedades que se constituyan a partir de la vigencia del Código de la Producción, así como también las sociedades nuevas que constituyeren por sociedades existentes, con el objeto de realizar inversiones nuevas y productivas, gozarán de una exoneración del pago del impuesto a la renta durante cinco años, contados desde el primer año en el que se generen ingresos atribuibles directa y únicamente a la nueva inversión.
Reducción del IR
La reducción de la tarifa del impuesto a la Renta de Sociedades contemplada en la reforma al Art. 37 de la ley de Régimen Tributario Interno, se aplicará de forma progresiva: durante el ejercicio fiscal 2011, la tarifa impositiva será del 24%; en el ejercicio fiscal 2012, la tarifa impositiva será del 23%; y, a partir del ejercicio fiscal 2013, en adelante, la tarifa impositiva del 22%”.
Zonas deprimidas
Cuando se trate de nuevas inversiones en zonas económicamente deprimidas y de frontera y se contrate a trabajadores residentes en dicha zona, la deducción será la misma y por un periodo de cinco años. El texto se incluyó en el numeral 9, del artículo 10 de la reforma a la Ley de Equidad Tributaria.