La presidenta del Legislativo, Gabriela Rivadeneira, convocó para este jueves, a las 09:00, al Pleno de la Asamblea Nacional para analizar en segundo y definitivo debate la iniciativa presidencial de extracción del uno por mil del Yasuní.
Hace pocos minutos, Rivadeneira envío la comunicación a los legisladores, una vez que la Comisión de Biodiversidad aprobó el informe de segundo debate con ocho votos a favor. La mesa legislativa recomienda al Pleno de la Asamblea declarar de interés nacional los recursos naturales no renovables de los bloques 31 y 43.
La asambleísta Marisol Peñafiel, integrante de esa mesa especializada, explicó que el documento ha sido mejorado y se han recogido elementos importantes de acuerdo a la Constitución para garantizar los derechos de las personas y de la naturaleza. Así, también, la legisladora detalló que la consulta previa deberá realizarse en el momento en que se decida iniciar el proceso de explotación.
Afirmó que «no se trataba de una resolución de un sí o un no, sino de analizar el tema a profundidad», frente a la que tildó de infundada afirmación del legislador Pepe Acacho, en el sentido de que Peñafiel cambió el documento y planteó 16 puntos. Explicó que la resolución de la bancada fue establecer ciertas condiciones.
De su lado, la legisladora Liliana Guzmán, integrante de esa comisión, aseguró que se han recogido varios elementos y recomendaciones realizadas por los asambleístas, y que estas observaciones fueron recibidas desde distintos sectores de la sociedad civil.
La sesión de esa mesa especializada se instaló a las 19:48 del lunes. Allí, su presidente, Carlos Viteri Gualinga, dispuso que el secretario relator de la comisión Xavier Encalada proceda a dar la lectura del contenido del documento. Luego de ello, se abrió el debate y sometió a votación la resolución de seis puntos, que recomienda al Pleno aceptar la petición del Primer Mandatario.
La propuesta recomienda la explotación en una extensión que no supere el uno por mil de la superficie actual del Parque Nacional Yasuní e instaurar un sistema de monitoreo integral de las actividades extractivas autorizadas para precautelar los derechos de las personas, los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, especialmente los derechos de los pueblos en aislamiento voluntario; los derechos de la naturaleza y la conservación y uso sustentable de la biodiversidad.
También propone implementar con la participación de centros de investigación y académicos, nacionales e internacionales, un programa de investigación sobre el patrimonio cultural y natural existente en el Parque Nacional Yasuní. Así como garantizar que la empresa pública Petroamazonas asegure el cumplimiento de los máximos estándares sociales, tecnológicos y ambientales.
El informe plantea la constitución de observatorios y veedurías ciudadanas amparadas en el marco de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, que realicen un seguimiento a la exploración, explotación y transporte de hidrocarburos. Al igual que cumplir, en el marco de los derechos colectivos de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, con el procedimiento de consulta previa, libre e informada sobre los planes y programas de exploración y explotación de los recursos naturales no renovables materia de esta Declaratoria de Interés Nacional.
Se excluye de esta Declaratoria de Interés Nacional, la realización de actividades extractivas en la Zona Intangible Tagaeri-Taromenane, delimitada mediante Decreto Ejecutivo No. 2187, publicado en el Registro Oficial 01 de 16 de enero de 2007. La Función Ejecutiva, en el caso de avistamiento de personas de pueblos en aislamiento voluntario, suspenderá las actividades en el marco de las políticas, protocolos y códigos de conducta que precautelen los derechos a la vida y la autodeterminación de los pueblos.
Los recursos que se obtengan por la explotación se destinarán a la transformación de la matriz productiva, y energética en el marco del Plan Nacional de Desarrollo; la construcción de la sociedad del conocimiento; lo que implica que los recursos se prioricen en educación, investigación, ciencia y tecnología, bioconocimiento y biotecnología.
Por otro lado, establece un 'Pacto Territorial' para la atención prioritaria a la Amazonía, orientando recursos presupuestarios para las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas; así como para los gobiernos autónomos descentralizados y los territorios con mayores brechas de necesidades básicas insatisfechas.
De acuerdo al artículo 407 de la Constitución, para proceder a realizar la actividad extractiva en áreas protegidas se requiere la declaratoria de interés nacional por parte de la Asamblea.