El sicariato es uno de los delitos que están incluidos en el proyecto del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que se debate en la Asamblea Nacional. Para este crimen, la pena sería de 23 a 26 años de reclusión.
En el caso del sicariato, el asesino no comete el delito por interés propio, sino que obedece a quien le pagó para acabar con la vida de determinada persona.
En esta situación interviene también el autor intelectual, que es aquella persona que se ve beneficiada con la muerte de la víctima.
Ante esto, José Serrano, ministro del Interior, propondrá a la Asamblea Nacional que la pena para el mentalizador del crimen sea mayor que la del autor material. Es decir, que el funcionario pedirá que el autor intelectual pague hasta 50 años de cárcel por el delito.
En el proyecto del COIP, el sicariato está tipificado en el artículo 124. De momento se indica en el articulado que «la misma pena será aplicable a la persona que en forma directa o por intermediación, encargue u ordene el cometimiento de este ilícito». Esta es la parte que propondrá cambiar Serrano.
Además, el funcionario dio a conocer, en entrevista a Radio Majestad, que se incluirá en la lista de los «Más Buscados» a los autores intelectuales de un asesinato, «porque lo importante no solo es identificar a quien perpetra el hecho sino a quien lo planifica. Estas situaciones lacerantes deben terminar, el sicariato no puede ser parte de nuestra cotidianidad», destacó.
Con respecto a dos asesinatos que han causado conmoción en los últimos días, Serrano destacó que gracias al plan de recompensas y la línea 1800-DELITO (335486) se logró capturar a los pocos días al autor material, quien a su vez delató al autor intelectual del asesinato de la gerenta del Club Sociedad Deportiva Aucas, Mónica Gordón.
El principal sospechoso de ser el autor intelectual del crimen es el contador de la empresa de la familia Gordón, quien habría pagado 6.000 dólares por el «trabajo».
En cuanto a la aprehensión del rector de la Universidad del Sur de Manabí, el pasado martes, involucrado en el asesinato del fiscal Ramón Loor Pincay, el Ministro puntualizó que las investigaciones determinarán responsabilidades en este caso y otro ocurrido en dicho centro de educación superior.
«No hay crimen que quede en la impunidad. En cualquier momento, más temprano que tarde, estos individuos que acechan contra la paz y tranquilidad de los ecuatorianos están a órdenes de la justicia», expresó Serrano, en relación a quienes se dedican al sicariato.
ART. 124 DEL COIP
«La persona que mate a otra por precio, pago, recompensa, promesa remuneratoria u otra forma de beneficio, para sí o un tercero, será sancionada con pena privativa de libertad de veintitrés a veintiséis años.
La misma pena será aplicable a la persona que, en forma directa o por intermediación, encargue u ordene el cometimiento de este ilícito. Se entenderá que la infracción fue cometida en territorio y jurisdicción ecuatorianos cuando los actos de preparación, organización y planificación fueren realizados en el Ecuador, aun cuando su ejecución se consuma en territorio de otro Estado.
La sola publicidad u oferta de servicios de sicariato será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años»