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Banco Central pide destitución de jueces

Última actualización 2012/01/09 at 3:55 PM
Publicado el 9 enero, 2012
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3 Minutos de lectura
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El Banco Central del Ecuador (BCE) notificó al Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) para que inicie las acciones correspondientes para destituir a los jueces que mantienen estancados los procesos legales contra los deudores de la banca cerrada.

La entidad adoptó esta decisión en vista de que los magistrados no han cumplido con los plazos establecidos para archivar los juicios coactivos que se siguen contra las instituciones y representantes de la banca cerrada para proceder al cobro de cuantiosas deudas, señala el BCE en un aviso publicado ayer en los medios de comunicación.

La sanción recae contra unos 40 jueces y funcionarios públicos de los distintos juzgados y cortes de justicia del país, entre ellos: Ricardo Rivadeneira Jiménez, Lorena Orellana, Pedro Iriarte, Grace Campoverde, Raúl Valverde, Alberto Palacios y Celso Ruiz.

En algunos casos los funcionarios han mantenido estancados juicios con cuantiosas deudas al Estado. Por ejemplo: El juez Vigésimo Noveno de lo Civil de Guayaquil, Leonidas Prieto Cabrera, no resuelve en el proceso contra Pedro Bajaña, procurador de María Abbud Isaías, por un monto de $ 3’787.790. Otro caso es el juez Cuarto de lo Civil de Guayaquil, Harry Hernández, que lleva el caso contra la empresa Gelati S.A. que adeuda $ 1’809.731.

La resolución del BCE se apega a lo establecido en la disposición transitoria de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los ingresos del Estado, vigente desde el 24 de noviembre de 2011, que reforma el inciso tercero del artículo 968 del Código de Procedimiento Civil.

Dicha disposición señala: “en aquellas demandas o juicios de excepciones presentados con anterioridad a la vigencia de esta reforma se da un plazo improrrogable e inmediato de diez días para que los deudores, sus herederos, fiadores o más obligados, cumplan en consignar el dinero…, sin que en ningún caso, esta disposición sea motivo para declarar la nulidad procesal, presentar recurso o acción alguna”.

Cumplido este plazo, se les otorga a los juzgadores o juzgadoras de primera o segunda instancia, tribunales contenciosos administrativos o de casación, veinticuatro horas para ordenar la conclusión, que se oficie al Juzgado de Coactiva y se disponga el archivo del proceso, agrega el comunicado.

Los juzgadores, secretarias y secretarios que no cumplan con las obligaciones contenidas en esta disposición deberán ser destituidos de sus funciones por el Consejo Nacional de la Judicatura, enfatiza la institución.

Los directivos del BCE ya habían presentado quejas contra varios jueces que no han gestionado las querellas desde que empezó el proceso de recuperación de activos de las instituciones financieras que quebraron tras el feriado bancario de 1999.

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lkAj8N63V 9 enero, 2012
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