Los bancos ecuatorianos tiene plazo hasta el 19 de este mes para implementar medidas de protección contra la clonación de tarjetas, al software e información del cajero automático, al acceso físico al interior de los cajeros automáticos, entre otras medidas.
Este plazo lo determinó la Superintendencia de Bancos a través de una circular del pasado 8 de marzo de 2013, en la que comunicó a todo el Sistema Financiero Nacional que en ese día vence el plazo para adoptar medidas de seguridad , así como también, algunas medidas de seguridad de canales electrónicos, disposiciones determinadas anteriormente.
En relación a las medidas de seguridad en canales electrónicos la disposición establece que «Las instituciones controladas deben presentar a la SBS, en un plazo de (90) días contados a partir de la fecha en la que se publiquen en el Registro Oficial, las disposiciones incorporadas en el referido artículo 4, el cronograma de las acciones a tomar por la entidad…».
Las medidas de seguridad a implementarse son:
– Protección contra clonación de tarjetas;
– Protección al software e información del cajero automático;
– Procedimientos para el mantenimiento preventivo y correctivo en los cajeros automáticos;
– Accesos físicos al interior de los cajeros automáticos; y.
– Reportes de nivel de seguridad de los cajeros.