El Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó el pedido de juicio político al ministro de Defensa, Javier Ponce, presentado por el asambleísta de Sociedad Patriótica, Fausto Cobo, publica la página oficial de la Asamblea.
El legislador Cobo acusó al funcionario de incumplir con la disposición del artículo 24 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado, que le manda a rendir cuentas a la Asamblea Nacional, cada tres meses, por tanto habría violentado el artículo 83 de la Constitución.
Argumentó que, si entre el 28 de septiembre de 2009, fecha de publicación de la Ley de Seguridad Pública en el Registro Oficial No. 35, y la presente fecha, existen 13 meses, Ponce debió haber rendido cuentas a la Función Legislativa en cuatro ocasiones (cada tres meses), a través de la Comisión Especializada pertinente, pero desoyó dicha obligación legal.
Añadió que la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, le ha certificado que: «…No se ha convocado ni realizado ninguna sesión con el carácter de reservada en esta Comisión, desde el 04 de agosto de 2009…» y que «…Ningún funcionario o servidor público, ha solicitado ser recibido en esta Comisión en sesión reservada, desde la fecha en que se conforma esta Comisión, 4 de agosto de 2009».
A decir de Cobo «estos documentos fundamentan que Javier Ponce Cevallos, ministro de Defensa Nacional, máxima autoridad de un órgano del Sistema de Seguridad Pública y del Estado, no ha cumplido con la obligatoriedad legal de rendir cuentas a la Asamblea Nacional, cada tres meses, reiteró Fausto Cobo, en su solicitud de enjuiciamiento político».
De acuerdo con el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, le compete al Presidente de la Asamblea, a través de la Secretaría, remitir la solicitud de enjuiciamiento político junto con la documentación de sustento a la Comisión de Fiscalización y Control Político para que avoque conocimiento y sustancie el trámite del mismo.