Luis Francisco Andrade Flores, representante de la compañía Soffriti S.A., demandó en la Corte de Justicia de Guayas a Carlos Eduardo Pérez Barriga, director de El Universo, por injurias, y pidió una indemnización de $ 2 millones.
Como él, en la Corte Nacional de Justicia y en la Corte Provincial de Guayas, cinco ciudadanos, incluido Rafael Correa, han presentado demandas por injuria. A ello se suman 16 casos por haberes impagos y por indemnización laboral, que siguen empleados del diario. La mayoría de estos casos llegó a solucionarse en las audiencias de conciliación.
Andrade, quien es representante del Hotel Indira Internacional, presentó una querella en la Corte de Guayas el 16 de octubre de 2003 por la nota: “2 menores estuvieron 17 días secuestradas en Hotel de Guayaquil”, que fue publicada en ese periódico el 10 de junio de 2003.
En ese artículo, según Andrade Flores, se escribió que 17 días permanecieron dos menores de edad plagiadas, en poder del guardia de seguridad de ese hotel, que estaba ubicado en las calles Francisco de P. Icaza y García Avilés.
El supuesto secuestrador fue identificado como Miguel Antonio León Lindao o Miguel I. Santacruz, de 34 años. Sin embargo, Andrade argumentó que en la denuncia que presentó Dolis del Carmen Méndez Fonseca, madre de una de las niñas, al Ministerio Público, en ningún momento se afirmó, como lo mencionó El Universo, que en ese hotel estuvieran secuestradas las referidas menores de edad o que el denunciado fuera guardia de seguridad de allí.
Por ello, Dolis del Carmen Méndez siguió un juicio en contra de Miguel Antonio León Lindao, por el plagio de las menores Inés Alexandra Marcillo Contreras y Mariuxi de Los ángeles Cortez Méndez.
El propietario del hotel afirmó que el supuesto secuestrador “no fue ni ha sido empleado del lugar” como publicó aquel rotativo. La denuncia fue presentada en el Juzgado Tercero de lo Penal del Guayas.
Andrade pidió dos millones de dólares de indemnización, así como el máximo de la pena para los responsables de la nota, y pidió en su demanda que el director hiciera la rectificación de la que los demandantes llamaron “injuriosa nota periodística”, en forma obligatoria, inmediata y gratuita.
En la sentencia se relata que el juez Xavier Espinoza Esteves citó a Pérez con la finalidad de que manifestara los nombres del autor, reproductor o responsable de la injuriosa publicación, pero que la audiencia se realizó y el directivo de aquel medio de comunicación no cumplió con lo solicitado. Y que más bien el 23 de julio de 2003 presentó un escrito sin firma de abogado y fuera del término previsto en la ley, en el que, según cita el documento, “pretendía justificar con argumentos absurdos e improcedentes los supuestos motivos legales por los que no estaba obligado a cumplir con el requerimiento del Fiscal”.
Sin embargo, el 25 de febrero de 2004, Jorge Moreno, juez Vigésimo de lo Penal del Guayas, desechó la acusación particular formulada por Andrade esgrimiendo que el Hotel Indira “no podía ser sujeto activo de delito de secuestro o plagio, referido en la nota periodística”.
Por este motivo, no se cumplió el pedido de rectificación propuesto por el demandante.
El 9 de diciembre de 2005, el caso llegó a la Primera Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, como medida de segunda instancia. Andrade apeló porque no se sintió satisfecho con la decisión adoptada por la Corte Nacional de Justicia de Guayas.
El 20 de marzo de 2007, Guadalupe Manrique Rossi, encargada del Juzgado Vigésimo de lo Penal del Guayas, por vacaciones del titular, conoció la decisión de la Corte Nacional de Justicia. La Primera Sala de lo Penal de dicho organismo declaró la prescripción de la acción penal, y por esta razón se ordenó el archivo del proceso.
Otro caso es el de Gladys de Jesús Morán López. Su denuncia fue presentada el 7 de octubre de 2003, en el Juzgado Decimoquinto de Garantías Penales de la Corte Provincial de Guayas. Ella se sintió aludida por un artículo que se realizó en la sección B de El Gran Guayaquil, con el título de “Molestias”, en donde según la mujer se publicó un testimonio que ella nunca hizo. Esta denuncia quedó declarada prescrita del ejercicio de la acción penal, el 18 de noviembre de 2003, porque la demandante decidió no seguir con el proceso.
Por otro lado, el 15 de diciembre de 2006, Washington Naranjo Carrera entabló un juicio a ese diario por la noticia “Padovani deberá comparecer ante el congreso por el caso Naranjo”, que fue publicada en la sección 2 A, en donde, según el querellante, Padovanni le profirió injurias.
Este caso también prescribió, según dictamen de Galo Almeida, juez suplente Octavo de lo Penal del Guayas, quien argumentó que en el caso de los delitos de acción privada la causa para perseguirlos prescribe en el plazo de 180 días. A esto se sumó que el 26 de octubre de 2007, Naranjo, según se detalla en la demanda, desistió de su querella “sin que haya reconocido la misma, pero al haberse cometido supuestamente la infracción”.
Finalmente, consta el caso de Carmen Carrera López, quien abrió un proceso en contra de Pérez y Peter Alexander Tayra Franco, el 29 de abril de 2009, en el juzgado Quinto de Guayas de la Corte Provincial de Justicia. Este último fue sentenciado a seis meses de reclusión.
En el proceso no se detallan los argumentos del juicio, pero sí la figura por la que se imputó: injurias.
El 22 de marzo de 2010, Carrera López apeló ante la CNJ, pero el 18 de julio del 2011 se confirmó la sentencia absolutoria dictada a favor de Pérez, y la prescripción de la pena de cárcel impuesta a Tayra.