Con 6 votos la Comisión de Comunicación aprobó la creación del Consejo de Comunicación, su integración y sus 19 atribuciones, que constará en la Ley Orgánica de Comunicación.
El Consejo estará integrado por dos representantes postulados por el Presidente de la República; un integrante postulado por el Consejo de Igualdad; un miembro postulado por las facultades o escuelas de comunicación social de las instituciones de educación superior públicas y privadas; y tres representantes de la ciudadanía.
Según la normativa, el Consejo será un organismo público promoverá la deliberación pública y el debate, mediante audiencias públicas. Además, llevará registro de medios; velará que el uso de los recursos públicos en la asignación del gasto en la propaganda del Estado sea sujeto a lo establecido en la ley; promoverá los valores de la interculturalidad; promoverá la transparencia en la información del tiraje, sintonía y niveles de audiencia; entre otras otras.