El Instructivo para la Aplicación del Reglamento de Rebajas de Pena por el Sistema de Méritos fue aprobado por el Consejo Nacional de Rehabilitación Social el 7 de marzo. Las rebajas de pena por méritos están vigentes desde 2008 y reemplazan al procedimiento “dos por uno” y la reducción por el quinquenio.
Con el sistema vigente, las personas privadas de libertad pueden acceder a una rebaja de condenas en la escala de 1% hasta el 50% de la condena.
Para la concesión de rebajas de condena se consideraron procesos culturales, laborales, de convivencia y de salud física, mental y tratamiento de adicciones, como parte de los programas establecidos en cada uno de los centros de rehabilitación social.
Al respecto, la ministra de Justicia, Johana Pesántez, señaló que la concesión de reducción de penas es proporcional al trabajo desempeñado en la rehabilitación. “No es posible que un privado de libertad que esté trabajando por dos semanas en un taller de carpintería reciba la misma rebaja de penas que una persona que viene trabajando dos años”, explicó.
Las valoraciones para la reducción de penas consideran la participación en procesos culturales educativos recreacionales y deportivos (30%); procesos laborales (30%); procesos de convivencia, (20%); y procesos de salud física, mental y tratamiento de adicciones (20%).
En estos casos, no son consideradas las personas privadas de libertad que hayan cometido delitos de plagio, asesinato, delitos sexuales, trata de personas o crímenes de genocidio, de lesa humanidad, de guerra o agresión.