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Política

Corte Constitucional debe aplicar doble procedimiento en caso de enmiendas constitucionales

Última actualización 2011/01/18 at 10:24 AM
Publicado el 18 enero, 2011
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2 Minutos de lectura
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El Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, Alexis Mera, explicó que el procedimiento que deberá seguir la Corte Constitucional, en el caso de las preguntas correspondientes al referéndum (enmiendas constitucionales) son dos.

El primero es que los vocales de la Corte tienen que aprobar que las preguntas planteadas por el Presidente Rafael Correa sean admisibles a consultarse por referéndum, anotó Mera.

“Hay ciertas preguntas que no son admisibles de consultarse por referéndum. No podría preguntar, por ejemplo, si prefiere que el Estado sea monárquico porque para eso se requiere una Asamblea Constituyente”, expuso el funcionario.

En otra parte, los magistrados de la Corte Constitucional deberán calificar si las preguntas planteadas son idóneas. Esto, señaló, porque se debe prever que las preguntas no sean sugestivas, inductivas, que no causen confusión en el elector.

Ya en lo que respecta a materia de consulta popular la Corte deberá calificar que las preguntas no sean capciosas, tendenciosas ni inconstitucionales, subrayó.

Mera explicó también que en ningún caso las diez preguntas entregadas este lunes a la Corte Constitucional deben ser analizadas por la Asamblea Nacional.

Una vez que la Corte califique el procedimiento y las preguntas, el Presidente inmediatamente emitirá un decreto convocando a referendo y enviando la notificación al Consejo Nacional Electoral, organismo que tendrá ocho días para convocar a elecciones y sesenta para que se desarrolle el proceso.

El Secretario Jurídico adelantó que en los próximos días se viene un debate debido a que existen críticos, sobre todo opositores al régimen, que ven como un retroceso para la garantía de derechos que se plantee un cambio en los plazos para la caducidad de la prisión preventiva.

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lkAj8N63V 18 enero, 2011
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