Técnicos del Ministerio del Ambiente en colaboración con funcionarios de la Fiscalía, Policía Nacional y Fuerzas Armadas ejecutaron un operativo para determinar los daños generados por la extracción minera ilícita en el Parque Nacional Podocarpus (entre Loja y Zamora Chinchipe).
La implementación del campamento minero ilegal, la introducción de maquinaria minera, apertura de accesos y extracción de material en esta zona sensible causan un impacto ambiental negativo muy difícil de remediar, siendo necesaria la aplicación de medidas de tipo compensatorias.
En el sector se constató la presencia de ranchos provisionales, alimentos, utensilios, ropa, fogones, detonadores de explosivos, cilindros amalgamadores y motobombas.
Las actividades mineras de manera ilegal se realizaban en el Bosque de Neblina Montano de los Andes Orientales.
Asimismo, se evidenció la disminución significativa de aguas naturales en las quebradas que desembocan en el río San Luis, ya que eran utilizadas para el lavado de oro. Además se registró una notable erosión de suelos debido a la tala y encausamiento artificial de las aguas naturales.
El Parque Nacional Podocarpus fue creado mediante promulgación del Acuerdo Ministerial N.- 398 del 15 de diciembre de 1982, además fue declarado por la UNESCO como la zona núcleo de la Reserva de Biosfera Podocarpus – El Cóndor en 2007.
Dentro de sus 146.280 ha., se encuentran zonas de alta biodiversidad y endemismo.
Se estima existen 606 especies de vertebrados. El grupo más representativo, en términos de abundancia, son las aves con 560 especies, seguido por los mamíferos con 46. El parque alberga a especies como el tapir andino, oso de anteojo, zorrillo, puma, venado, murciélagos, roedores, águilas, tucanes, pava de monte, colibríes, tangaras, etc.
La denuncia de esta actividad ilícita la interpuso el Ministerio del Ambiente, a través del Programa de Reparación Ambiental y Social (PRAS), ante la Fiscalía de Zamora.
El delito ambiental tipificado en el art. 437 menciona que “el que destruya, queme, dañe o tale, en todo o en parte, bosques u otras formaciones vegetales, naturales o cultivadas, que estén legalmente protegidas, será reprimido con prisión de uno a tres años, siempre que el hecho no constituya un delito más grave”.