El presidente de la República, Rafael Correa, modificó el reglamento que regulaba el pago de regalías al Estado por parte de las empresas mineras en la fase de explotación de minerales.
El titular de una concesión minera de minerales no metálicos, por ejemplo, piedra, arena, agregados, tendrá una tasa de regalías. Hasta 250.000 toneladas al año, el 5% de los costos de producción; hasta 500.000 toneladas, el 10%; de 500.00 a 750.000 toneladas, el 15%. 1.000.000 de toneladas, el 20%; de 1.000.001 a 2.000.000 de toneladas, el 25% de los costos de producción; y por más de esa cantidad, el 100% de los costos.
Mientras que la explotación caliza entregará de 1 a 500 mil toneladas 10% de utilidades al Estado. Hasta 1’500.000 toneladas, el 20%; 2’000.000 de toneladas, el 40%; y si es superior a 2’ 000.000 las regalías para el Estado serán del 100% de los costos de producción.
Los titulares de derechos mineros de pequeña minería de no metálicos pagarán por concepto de regalía el 3% del costo de producción del mineral.
El pago de las regalías se hará cada año de manera semestral, de acuerdo a lo declarado en el informe auditado de producción, que reflejará el tipo de mineral no metálico explotado.