Los directivos del Banco del Austro, que hasta 2010 eran propietarios del canal Telerama (Azuay) y Telered (Santo Domingo de los Tsáchilas), habrían «simulado» la venta de sus acciones para aparentemente cumplir con el mandato constitucional y la Ley. Las transacciones primero se realizaron entre empresas de la familia Eljuri y finalmente con compañías extranjeras domiciliadas en Panamá y Costa Rica que no están vinculadas con medios de comunicación.
Así lo determinan las investigaciones de las superintendencias de Compañías y de Bancos, que sirvieron de base para que Pedro Solines, superintendente de Bancos, entable una demanda en contra de la entidad financiera, que reposa en el Juzgado Séptimo de lo Civil del Azuay.
Solines, en calidad de representante legal del organismo de control, entabló la demanda el 22 de febrero pasado. Lo hizo en contra de las personas naturales y jurídicas por la «simulación» en fraude del Derecho Público y por la retención indebida en que incurrieron los accionistas del Banco del Austro y personas naturales y jurídicas vinculadas a la propiedad accionaria de medios de comunicación.
El objetivo de Solines, quien sostiene que se ha violentado el artículo 312 y la Disposición Transitoria Vigésima Novena de la Constitución, es que se declare la nulidad absoluta por los ilícitos en que incurren los contratos de compra-venta de acciones de las compañía Televisión Ecuatoriana (Telerama S.A.) y Jofer S.A., esta última empresa que se encuentra en proceso de liquidación y que era propietaria de Telered.
También solicita que «dentro de un plazo prudencial, tales acciones sean subastadas públicamente en cualquiera de las Bolsas de Valores del país o en todas ellas, y que el producto de su venta sea entregado a los vendedores originales».
El artículo 312 de la Constitución señala: «Las entidades o grupos financieros no podrán poseer participaciones permanentes, totales o parciales en empresas ajenas a la actividad financiera. Se prohíbe la participación en el control del capital, la inversión o el patrimonio de los medios de comunicación social, a entidades o grupos financieros, sus representantes legales, miembros de su directorio y accionistas. Cada entidad integrante del sistema financiero nacional tendrá una defensora o defensor del cliente, que será independiente de la institución y designado de acuerdo con la Ley».
Mientras, la Disposición Transitoria Vigésima Novena estipula: «Las participaciones accionarias que posean las personas jurídicas del sector financiero en empresas ajenas a este sector, se enajenarán en el plazo de 2 años a partir de la entrada en vigencia de la Constitución».
Además, habrían violado el mandato popular del 7 de mayo de 2011, la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero (LGISF), la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder del Mercado (LORCPM), Ley de Mercado de Valores, Ley General de Seguros y el Registro Oficial 555 del 13 de octubre de 2011.
Los demandados por la SBS
Las personas jurídicas y sus respectivos representantes legales demandados son: Guillermo Talbot Dueñas, por los derechos que representa en Banco del Austro S.A.; Alberto Hernán Peña Moscoso, apoderado especial de la compañía extranjera Cardizales Oroibéricos S.A.; y, Augusto Fernando Garzón Viteri, apoderado de la empresa foránea International Motors Company Inc.
En cambio, las personas naturales demandadas son: Jorge Eduardo Eljuri Antón, Juan Gabriel Eljuri Antón, Rebeca Judith Eljuri Jerves, Ana Carolina Eljuri Jerves y Jorge Juan Eljuri Jerves.
En el Informe de la Comisión para la Auditoría de Concesiones de las Frecuencias de Radio y Televisión emitido el 18 de mayo de 2009, se señala como uno de los principales grupos financieros del país al denominado Grupo Eljuri, conformado por Juan Gabriel Eljuri Chica y su esposa Olga Antón Iza, fundadores del Almacén Juan Eljuri Cía. Ltda. De ese grupo forman parte las familias nucleares: Eljuri-Chica, Eljuri-Antón, Álvarez-Eljuri, Doumet-Eljuri, Eljuri-Cordero, Eljuri-Vintimilla, Eljuri-Jerves y Polo-Eljuri. Ese mismo informe estableció que el grupo económico tiene los siguientes medios de comunicación: Jofer S.A., Televisión Ecuatoriana (Telerama) y TV Max S.A. (Tivmax S.A.).
El documento fue uno de los insumos que permitió resolver la necesidad de desvincular a la banca de los medios de comunicación, una disposición que, según la Superintendencia de Bancos, el Grupo Eljuri no habría cumplido dentro de los plazos establecidos por la Constitución y se estima que dicha corporación continúa vinculada de manera total o parcial, directa o indirecta, con los medios de comunicación antes citados.
Transferencias «inusuales»
Entre los accionistas de Telerama S.A., Jofer S.A. y Entretev S.A. se dio una serie de transferencias de acciones entre el 28 de septiembre y el 19 de octubre de 2010, es decir, un día antes de que venciera el plazo para el cumplimiento obligatorio del artículo 312 de la Constitución. Según consta en la demanda, esas operaciones «no dejan de ser inusuales tratándose de simples transacciones de acciones en las que se repiten varias negociaciones en las mismas fechas, entre los mismos cedentes y cesionarios»
La composición accionaria de Telerama, a raíz de las transferencias de Rebeca Eljuri Jerves y Ana Eljuri Reyes, exdirectivas del canal, quedó estructurada de la siguiente manera: International Motors $ 133.886 de capital, equivalente al 61,8894%; Cardizales Oroibéricos $ 613.245 de capital, o sea el 35,0945%; Pedro David Jerves Ramírez y Rafael Teodoro Ramírez 0,0001% de acciones cada uno; y los herederos y derechohabientes de Teodoro Virgilio Jerves Núñez el 0,01% de las acciones. Estos últimos no alcanzan el grado de parentesco u otra vinculación con el Grupo Eljuri, por lo que no fueron considerados dentro de las prohibiciones constitucionales y legales.
Mientras tanto, en la demanda consta que la compañía Jofer S.A., actualmente en proceso de liquidación, es la propietaria del canal de televisión Telered, canal 30 de la provincia Tsáchila, en donde los dueños del 100% de sus acciones eran Jorge Juan Eljuri Jerves y Cecilia Mercedes Rodríguez.
La conformación de las acciones de Jofer S.A., al momento de la compra-venta de acciones, estaba así: Jorge Juan Eljuri Jerves $1.099,96 de capital, equivalente al 99,996%, y Cecilia Mercedes Rodríguez $004,00, equivalente al 0,004% del capital de la compañía.
Para el 14 de octubre de 2010, Jorge Juan Eljuri Jerves transfirió 3.425 acciones a favor de Rebeca Judith Eljuri Jerves; 3.425 acciones a Ana Carolina Eljuri Jerves; 9.650 a la compañía Cardizales Oroibéricos S.A.; y 10.999 acciones a favor de International Motors Company Inc. En esa misma fecha, por su parte Cecilia Mercedes Rodríguez cedió su única acción en la compañía Jofer S.A. a favor de la empresa extranjera International Motors Company Inc.
El 15 de octubre de 2010, es decir un día después, Rebeca Judith Eljuri Jerves transfirió sus 3.425 acciones en Jofer a favor de International Motors Company Inc. y Ana Carolina Eljuri Jerves transfirió 3.425 acciones también a International Motors. Esas operaciones, más la participación que tenían antes, sumaron el 100% del capital de Jofer, desde octubre de 2010 hasta abril de 2012, quedando conformado así: International Motors, 64,909% y Cardizales Oroibérico el 34,09%.
Finalmente, la participación accionaria de Entretev S.A. quedó configurada así: Cardizales Oroibéricos S.A. $1.755,04, equivalente al 34,09% del capital, e International Motors Company $3.244,96, que representaba el 65,91% del capital.