A través del Decreto 1162 publicado en la página de la Presidencia de la República, el Gobierno Nacional proyectó el calendario de feriados hasta el 2015.
El descanso obligatorio correspondiente a la fecha cívica del martes 9 de octubre, día en que se conmemora la Independencia de la ciudad de Guayaquil, se traslada al viernes 12 de octubre de 2012.
En 2013, el 9 de octubre se traslada al viernes 11. Y en 2014, el descanso se moverá al viernes 10.
De igual manera, los lunes y martes de Carnaval correspondientes a los años 2013, 2014 y 2015, se suspende la jornada de trabajo para todos los empleados del sector público, debiendo recuperar las jornadas sin recargos los sábados subsiguientes a la suspensión para cada uno de estos años.
El documento estipula que los días lunes 24 y 31 de diciembre de 2012 se declara puente vacacional, debiendo recuperar la jornada laboral el sábado 5 y 12 de 2013, regularización que rige para el sector público. El sector privado podrá acogerse a estos descansos según lo determine.
Asimismo, habrá puente el viernes 26 de diciembre de 2014, jornada que deberá recuperarse el sábado 20 del mismo mes. Igual tratamiento se dará al viernes 2 de enero de 2015, debiendo recuperar ese día el 10 de enero de ese año.
Las celebraciones, sesiones y ceremonias cívicas, educativas y religiosas o militares que correspondan a los días 24 de mayo, 10 de agosto y 9 de octubre de cada año, deberán obligatoriamente realizarse en la misma fecha y día de aniversario, puesto que lo que se traslada al día viernes siguiente es únicamente la jornada de descanso remunerado obligatorio