El gobierno del Ecuador, a través del secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera; y del ministro de Relaciones Labores, Richard Espinosa, defendió la constitucionalidad del Decreto 813, que regula la normativa para la separación –a través de la compra de renuncias- de los empleados del sector público.
Ambos funcionarios comparecieron ante la Corte Constitucional en la audiencia por la demanda de constitucionalidad presentado por accionantes, entre los que se encuentran activistas políticos del Movimiento Popular Democrático (partido opositor al régimen) y de la Asociación de Servidores Públicos.
Según los demandantes, el decreto para la desvinculación de trabajadores contraviene varios artículos de la Constitución vigente. No obstante, Mera señaló que la disposición sí consta en la ley de Servicio Público (Losep), y que incluso fue avalada por la comisión de los Trabajadores en la Asamblea Legislativa, presidida por Nívea Vélez, “conocida detractora del gobierno”.
“La compra de renuncia con indemnización es una fórmula que está en la ley, que ha sido aprobada por la Asamblea”, recalcó Mera quien agregó que en un principio la Asamblea Legislativa no quiso regular los plazos para la ejecución de la misma.
Por ese motivo, explicó, al presidente de la República le correspondió regular el sistema de compra de renuncias y establecer el monto indemnizatorio.
Mera cuestionó por qué lo que es señalado como inconstitucional para el sector público es permitido en el ámbito privado. En este contexto, recordó que desde 1937 el Código del Trabajo –que rige al sector privado- contempla la figura del despido intempestivo.
Citó el artículo 229 de la Constitución que señala: “Los derechos de las servidoras y servidores públicos son irrenunciables, la ley definirá el organismo rector en materia de derechos humanos y remuneraciones para el sector público y regulará el ingreso, ascenso, promoción, incentivos, régimen disciplinario, estabilidad, sistema de remuneraciones y cesación de funciones de los trabajadores”.
El ministro Richard Espinosa coincidio con Mera y señaló que la norma constitucional no dice que hay inamovilidad humana.
“Entiendo que aquí nadie busca perennizarse ni inmortalizarse en el cargo que desempeña, es por esto que la estabilidad se ve compensada cuando una persona que ha sido desvinculada es correctamente indemnizada”, subrayó.
En días pasado, Ana María Larrea, subsecretaria de Democratización del Estados explicó que los 2 676 servidores públicos desvinculados mediante la compra de renuncias representan el 1% de la nómina nacional de funcionarios.
El presidente Rafael Correa ha mencionado que la medida se apega a la Constitución y que la institucionalización del Estado exigía medidas fuertes para potenciar la eficiencia.