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Guayas aplicará en 20 días prisión por alta velocidad

Última actualización 2012/07/24 at 12:05 PM
Publicado el 24 julio, 2012
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4 Minutos de lectura
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Aunque a nivel nacional ya se sanciona con prisión a los conductores que exceden los límites de velocidad, en 20 días la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) hará lo propio en el Guayas.
La entidad apunta a socializar el tema, para prevenir antes que reprimir. Considera que es el camino más viable para reducir el número de conductores que infringen los topes de velocidad.
Uno de los mecanismos será la entrega de 500.000 volantes sobre las sanciones. La información también será enviada a los correos electrónicos de los usuarios registrados en la página de la entidad (www.cte.gob.ec).
En paralelo, personal de la CTE se está capacitando en el reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Tránsito y el Reglamento General para su aplicación.
Una de las exposiciones sobre seguridad vial fue disertada ayer por el experto español Antonio Riu Rovira, quien además es consultor del Banco Mundial.
«La finalidad es socializar el tema, así los usuarios conocen de sus obligaciones y derechos», señala la portavoz de la Comisión, Jéssica Alvarado.
La funcionaria advierte que después de 20 días los vigilantes serán rigurosos y aprehenderán a los conductores infractores.
El literal E del artículo 145 de la Ley determina una contravención muy grave a quien exceda los límites de velocidad fuera del rango moderado. La sanción será prisión de tres días, multa de una remuneración básica unificada y la reducción de diez puntos en su licencia de conducir.
El literal G del artículo 142 de la Ley establece que serán sancionados con multa equivalente al 30% de la remuneración básica unificada más seis puntos en la licencia de conducir, quienes excedieran dentro de un rango moderado los límites de velocidad.
Por ejemplo, un vehículo liviano podrá circular en la perimetral hasta máximo 90 km/h. El rango moderado es hasta 120. Superior a esa velocidad estará fuera de estos parámetros.
Pero asimismo, el artículo 232 del Reglamento General determina que la aprehensión del conductor solo procederá cuando se haya obtenido la fotografía de la infracción tomada con los medios tecnológicos aprobados por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).
Si bien son sanciones drásticas, el conductor Israel Gallo considera que no quedaba otra alternativa ante el alto índice de accidentes de tránsito, precisamente por el exceso de velocidad.
Gallo, de profesión abogado, hizo un balance de las medidas que se aplican en Estados Unidos, donde estuvo radicado.
«Hablamos de otra cultura, en donde la educación vial es fundamental y que es aplicada desde las aulas. Aquí falta eso», comentó.
Sin embargo, el peatón Eloy Tomalá desconocía estas nuevas sanciones, peor que estaban vigentes. En la misma situación estaba el taxista Jorge Borja.
Ambos coinciden en que la alternativa tendrá efecto con una mayor difusión de la ley.

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