Los jueces de Tránsito de Pichincha, Nelson Goyes, Marco Tamayo y Vicente Romero coinciden en señalar que las últimas reformas a la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, pese a ser más enérgicas en las sanciones, no necesariamente van a incrementar la carga procesal.
Los tres jueces sostienen que con la Ley de Tránsito promulgada el 7 de agosto de 2008, el sistema colapsó porque todas las contravenciones, leves y graves, debían ser juzgadas por un juez y eso era imposible de atender.
Solo en Quito se hablaba de un promedio de mil boletas de citación diarias, y eso equivalía a que cada juzgado tenga entre 200 y 250 expedientes diarios que resolver por esas boletas de citación.
Los jueces sostienen que con las últimas reformas se encontró una salida al problema, porque ahora el título de crédito no es solo la sentencia, sino también la boleta de citación, es decir que si alguien comete una infracción y no quiere defenderse en un juzgado, pasan los tres días que tiene para la impugnación y simplemente tiene que acercarse a cancelar la multa de la contravención y ha evitado un juicio.
“Antes de la reforma, cada expediente significaba que se debía llamar a audiencia, abrirse la causa a prueba y dictarse la correspondiente sentencia, sin tomar en cuenta que el egreso económico del Estado era superior al beneficio que obtenía por concepto de recaudación por contravenciones”, mencionaron los jueces.
Esta medida se adoptó para hacer respetar el derecho a la defensa, porque antes de 2008 las contravenciones por exceso de velocidad, uso indebido del pito, mal estacionamiento, uso del celular, no uso del cinturón de seguridad, entre otras, no entraban a los juzgados y eran sancionadas y cobradas directamente por la Policía, cuando el usuario acudía a la matriculación vehicular u otro trámite.
“Pero, se pasó del extremo de la indefensión antes del 2008 al otro extremo de exigir que todo el mundo se defienda y había casos en que la gente quería pagar la multa para evitar el juicio, pero debía esperar la sentencia”, agregan los jueces.
En caso de impugnación, el caso pasa a sala de sorteos, es sorteada la causa y el juzgado, luego de todos los pasos procesales, deberá llegar a una resolución.
En caso de no pagar la multa, le cobrarán con el pago de la matrícula vehicular o canje de licencia de conducir, con la respectiva multa e intereses.
Los jueces de Tránsito de Pichincha estudian la posibilidad de presentar una demanda de inconstitucionalidad o solicitar una nueva modificación a la última reforma a la Ley de Tránsito, expresamente al artículo innumerado que reformó el Art. 168 de dicha norma legal y que se refiere al juzgamiento en ausencia.
A decir de los juzgadores, el mentado Art. 168 ya fue declarado inconstitucional por la Corte Constitucional y los asambleístas lo volvieron a poner en la ley.