Las instituciones financieras y las cooperativas de ahorro y crédito del Sector Financiero Popular y Solidario, canjean desde este mes en ventanilla y sin ningún costo, billetes por monedas fraccionarias, y viceversa para satisfacer la demanda de liquidez y medios de pago de la ciudadanía; en base a la Regulación 022-2012, comunicada por el Banco Central este 28 de noviembre.
La normativa exige que las instituciones del sector Financiero Popular y Solidario, realicen el canje de fracciones en su horario habitual de atención al público y sin discriminar si se trata o no de un cliente de la entidad.
El Banco Central del Ecuador continuará en forma paralela efectuando la distribución y canje de moneda fraccionaria a través de las cajas ubicadas en sus diferentes oficinas, puntos de canje y máquinas dispensadoras de monedas, hasta que las instituciones financieras se adecúen a esta regulación.
Los límites de canje de moneda fraccionaria por transacción quedan en 100 dólares para quienes porten su cédula de ciudadanía; 50 dólares para extranjeros con su pasaporte y 400 dólares para los emisarios de empresas que porten su Registro de Contribuyentes (RUC).
En conjunto, por mes podrán canjear 1.000 dólares los portadores de cédula de ciudadanía, $ 500 los extranjeros y 5.000 las empresas.
La normativa del Banco Central explicita que las Instituciones Financieras están obligadas a canjear en cualquiera de sus agencias u oficinas los montos de moneda fraccionaria que requieran sus propios clientes y no podrán cobrar valor alguno a la ciudadanía en general.
Cualquier reclamo se receptará en la Superintendencia de Bancos y en el Banco Central del Ecuador.