Las reformas a la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre ya están en vigencia, por lo que las nuevas sanciones también empezaron a ejercerse a escala nacional.
Los controles al transporte público son las más estrictas. Asimismo, los sancionados tendrán tres días para impugnar las multas, caso contrario se harán efectivas. Es decir, ya no todas pasarán por los juzgados de tránsito, sino que se ejecutarán directamente.
El vocero de la Dirección Nacional de Tránsito (DNT), mayor Juan Zapata, afirma que ahora el juzgamiento “se mejoró porque (antes) toda contravención pasaba a un juez y eso se represaba. Ahora si se sanciona y si no se la impugna en tres días esa sanción se hace efectiva, se entiende aceptada y se la ejecuta inmediatamente”. Zapata explicó que solo pasa por el juzgado las contravenciones se impugnen y los delitos de tránsito y donde hay detención.
Entre los cambios más importantes está el control de documentos, estado de embriaguez del conductor, estado mecánico del vehículo, exceso de pasajeros. El objetivo de las reformas es reducir el número de accidentes de tránsito a escala nacional. En el 2010 hubo 16.405 accidentes en todo el país a excepción de Guayas que dejaron 1.648 personas fallecidas, según datos de la Dirección Nacional de Tránsito.
El 48% de estos accidentes fueron causados por la impericia o imprudencia de los conductores, el 16% por exceso de velocidad, el 5% por mal rebasamiento y el 6% por la imprudencia de los peatones.
La Dirección Nacional de Tránsito realizará talleres de capacitación sobre la nueva normativa durante los fines de semana que “sean necesarios” para dar a conocer las sanciones. Para acceder a los cursos gratuitos y que duran una hora cada uno, puede comunicarse al 02 2501312 o escribir al correo [email protected].
LAS REFORMAS
Conducir sin licencia
Antes conducir sin licencia era considerado una contravención ahora será sancionado con detención. Quien conduzca sin poseer licencia de manejo será detenido por tres días y multado con 264 dólares. Quien conduzca con una licencia de conducir revocada, suspendida o anulada era contravención ahora detención por tres días 264 dólares de multa y 10 puntos menos.
Conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas
El conducir un vehículo bajo los efectos del alcohol o estupefacientes también es sancionado con multas más graves y con detención. Por ejemplo el transportista privado que esté bajo los efectos de drogas o estupefacientes será multado con 264 dólares, 15 puntos menos y 30 días de prisión. En la nueva Ley se hace una diferenciación entre conductores de vehículos particulares y quienes brindan servicio público o comercial.
Particulares
Para quienes conduzcan un automotor particular y estén bajo los efectos de licor con 0.3 a 0.8 gramos de alcohol por litro de sangre la multa será de 264 dólares, 30 días de detención y 5 puntos menos a la licencia de conducir. Si el nivel de alcohol por litro de sangre es de 0,8 gramos o más, se aplicará la multa de 264 dólares, la pérdida 10 puntos en su licencia de conducir y 15 días de prisión. Servicio público y comercial En el caso de que maneje un vehículo de transporte público, comercial o de carga, la tolerancia al consumo de cualquier sustancia estupefaciente o drogas es cero. Y el nivel máximo de alcohol de 0.1 gramos por cada litro de sangre. En caso de exceder ese límite será sancionado con una multa de 528 dólares, pérdida de 30 puntos en su licencia de conducir y 60 días de prisión. La reincidencia en el cometimiento de las sanciones será sancionada con la suspensión por un año de la licencia de conducir. Cuando esta reincidencia es por segunda ocasión, la licencia le será revocada definitivamente.
EL ESTADO DE LOS NEUMáTICOS
Particulares
Los conductores que no cumplan con la normativa de que el labrado de las llantas de su auto superen el 1.6 milímetros serán sancionados con una contravención grave de primera clase. Es decir, 79,20 dólares de multa y 6 puntos menos a la licencia de conducir.
Transporte púbico o comercial
Si el estado de las llantas no cumple con el labrado de al menos 1.6 milímetros o tiene una falla mecánica previsible se la considera como delito, según explicó la Policía Nacional de Tránsito. La sanción puede ir de seis meses a un año de prisión y la suspensión de la licencia por el mismo tiempo. La multa varía entre 792 dólares a 1.320 dólares. Asimismo, se le hace responsable solidario del daño al propietario del vehículo y a la operadora, que puede incluso ser suspendida por hasta 60 días.