Actualmente, en la Superintendencia reposan trece expedientes presentados por ciudadanos y entidades del Estado en contra de medios de comunicación, que podrán empezar a ser analizados con la expedición de esta norma, aclaró ayer Ochoa, quien estuvo junto al Consejo para recibir el texto.
La sustanciación de un reclamo presentado por una persona, funcionario o entidad podría resolverse en unos 33 días, de acuerdo con el procedimiento establecido, y para aplicarlos la Superintendencia deberá nominar a sus intendentes generales o autoridades centrales o desconcentradas que, según Ochoa, serán «siete regionales» en el país.
Las denuncias deberán presentarse en 180 días y el proceso iniciará cuando se presente la queja que se calificará en 5 días, verificando que cumpla con requisitos como nombres, identificación de la persona en contra de quien se dirige la denuncia, el relato de los hechos con fechas, horas, lugares, evidencias o pruebas. Si se necesita más información y esta no es presentada en 2 días, se entenderá que se ha abandonado la acción y se archivará el trámite o la Superintendencia podrá actuar de oficio.
El reglamento ratifica la potestad que tendrá el superintendente de requerir información a los involucrados en la investigación y todas sus resoluciones seguirán aplicándose, a menos que exista una disposición judicial que la revoque definitivamente o la suspenda. Mientras, las multas que se apliquen al medio deberán depositarse en una cuenta que establecerá la Superintendencia.