La Asamblea Nacional concluyó el martes, el primer debate del proyecto de reformas a las Leyes Orgánica Electoral y de Participación Ciudadana, con las cuales se normará el proceso de revocatoria de mandato de las autoridades de elección popular, con el fin de evitar excesos en el uso de este derecho.
El cuerpo legal recoge aspectos relacionados con la motivación que debe existir para que el proponente solicite la revocatoria del mandato. Así se establece que quien solicite una revocatoria debe determinar de forma «clara y precisa» el motivo para solicitarla.
Incorpora el factor poblacional y la proporcionalidad que debe existir tanto en los porcentajes, cuanto en los plazos para la recolección de respaldos necesarios para solicitar la revocatoria, tomando en consideración la propia Constitución.
Además, establece que la campaña para la revocatoria del mandato no tendrá financiamiento público; que los medios de comunicación públicos de la respectiva jurisdicción concedan equitativamente espacios, para que los proponentes y las autoridades a quienes se solicite la revocatoria realicen sus intervenciones; los medios de comunicación social privados y comunitarios de la respectiva circunscripción territorial, tendrán la obligación de realizar al menos dos debates con los sujetos intervinientes en el proceso de revocatoria.
Asimismo indica que los electores podrán revocar democráticamente el mandato a las autoridades de elección popular por incumplimiento injustificado de su plan de trabajo, de las disposiciones legales relativas a la participación ciudadana, las funciones y obligaciones señalados a cada una de las dignidades de elección popular, así como las dispuestas en la Constitución y la ley.
Las observaciones serán remitidas a la Comisión de Gobiernos Autónomos a fin de que prepare el informe para segundo debate.