Tras el análisis realizado a la solicitud de matrimonio de Pamela Troya y su novia, Gabriela Correa, el Registro Civil emitió hoy un comunicado en el que da a conocer a la pareja que para continuar con el trámite debe cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución de la República y Código Civil.
La «solicitud fue receptada, al igual que todos los requerimientos que llegan a la institución, en cumplimiento de la normativa vigente, previo a tomar la decisión correspondiente», apunta el comunicado.
Añade que luego del análisis respectivo, se solicita a las peticionarias que para continuar con el trámite pertinente, previo a la celebración del matrimonio civil, deben completar los siguientes requisitos:
Constitución de la República del Ecuador: Art. 67.- (…) El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal.
Código Civil: Art. 81.- Matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.
Finalmente, señala que el Registro Civil es «respetuoso de toda solicitud ciudadana, actúa siempre en el marco de lo que establece la Constitución y las leyes aplicables a la materia, sin apartarse de las normas vigentes que rigen la institución civil del matrimonio».
Pamela y Gabriela, que llevan adelante la iniciativa del matrimonio igualitario en el país, acudieron al Registro Civil en Quito, el pasado 5 de agosto, para presentar los papeles necesarios para viabilizar su unión legal.
La pareja ya había adelantado que, en caso de ser negativa la respuesta de la entidad, emprenderá una acción de protección, pues considera que su derecho a la libertad de escoger una pareja está siendo vulnerado.