Una de las mayores preocupaciones que tenían los medios de comunicación privados en el proyecto de Ley de Comunicación quedó descartado: en el informe final de la normativa -que será llevado a votación en el pleno de la Asamblea Nacional- se elimina la posibilidad de clausurar una empresa de comunicación como producto de infracciones a este cuerpo legal. Solo se disponen sanciones administrativas que van desde amonestaciones escritas a los directivos hasta multas económicas.
No obstante, en el artículo 183 del proyecto presentado por el asambleísta Mauro Andino (PAIS) se resalta que el cumplimiento de estas medidas administrativas no excluye las acciones judiciales a las que haya lugar por la difusión de información no demostrada, falsa o inexacta sobre una persona.
Dentro del proyecto se establecen los motivos por los cuales un medio de comunicación puede recibir una sanción administrativa. El primer caso es si se niega a tramitar un pedido de rectificación de un ciudadano, al que le han sido vulnerados sus derechos, a través de la emisión o publicación de una noticia falsa.
Un segundo motivo para este tipo de amonestación es la difusión de contenidos discriminatorios en la programación de las estaciones televisivas o radiales y en las publicaciones de los medios impresos.
En ambos casos las sanciones son las disculpas públicas de la empresa de comunicación, la lectura o publicación de esa excusa en el mismo espacio y medio de comunicación, y las multas económicas en caso de reincidencia. En este último punto, la pena será equivalente del 1 al 10% de la facturación promediada de los últimos tres meses presentada en sus declaraciones al Servicio de Rentas Internas (SRI), considerando la gravedad de la infracción y el alcance nacional que tenga el medio.
Para Andino, es reconfortante confirmar que en el nuevo texto se han recogido varias de las 615 observaciones que realizaron agremiaciones periodísticas, colectivos públicos, comunicadores sociales y ciudadanía en general a los integrantes de la Comisión Ocasional de Comunicación. Sin embargo, desde los bloques de oposición, el optimismo por el nuevo proyecto se desvanece al pensar en un potencial veto que venga del Ejecutivo.
Uno de los mayores detractores del proyecto -inclusive pide su archivo-, César Montúfar, al conocer el pasado martes el texto que será llevado a debate ante el pleno, indicó que PAIS ha cedido en temas polémicos de la normativa, con el objetivo de alcanzar las voluntades necesarias para su aprobación, pero cree que ese texto regresará modificado cuando lo devuelva el presidente de la República, Rafael Correa, luego del veto.
Es así que Montúfar considera que la ley que se enviará al Registro Oficial será la que le convenga al Mandatario porque no se conseguirán los 83 votos en el pleno para ratificarse en el texto original. “Este es un proyecto que es una careta para que el Gobierno y el Presidente reescriban la ley y ahí sí nos venga la verdadera Ley de Comunicación”, manifestó el parlamentario de Concertación Nacional (CN) en declaraciones hechas ayer en la Asamblea Nacional.
Por su parte, Lourdes Tibán, asambleísta de Pachakutik, en declaraciones a la prensa, emplazó a los legisladores oficialistas a firmar un pacto o un acuerdo en el que aseguren que no dejarán pasar un posible veto presidencial.
El Presidente tiene solo un delegado ante el Consejo
Otro de los puntos en los que Andino acogió las solicitudes de los gremios periodísticos fue en la integración del Consejo de Regulación que contempla la norma.
Según el nuevo texto, este organismo estará integrado por un representante del Presidente, uno de los Consejos de Igualdad, otro designado por las asociaciones y consorcios de Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), uno nombrado por las facultades y escuelas de comunicación y el último proveniente de las organizaciones de comunicación y derechos humanos con personería jurídica.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) convocará colegios electorales para designar a estos dos últimos miembros.
El texto también estipula: “Las autoridades o funcionarios públicos que realicen censura previa serán sancionados administrativamente por el Consejo de Regulación con una multa de dos a seis meses de su remuneración total”.