La sanción por estafa a los organizadores de eventos deportivos o de concurrencia masiva, por exceso en la venta de boletos; la circunstancia agravante de cualquier delito considerando el lugar de cometimiento de la infracción; y, nuevas contravenciones sancionadas, por ejemplo, con la prohibición de ingresar a un escenario hasta un año; son, entre otras, las propuestas del asambleísta Virgilio Hernández, para que sean incluidas en el Código Orgánico Integral Penal.
El proponente subrayó que se requieren medidas legales para recuperar la cultura de paz en espectáculos deportivos o artísticos, aún más considerando la muerte, en cinco años, de los jóvenes Christian Calvache, Marcos Rodríguez, David Erazo y Carlos Cedeño, en circunstancias relacionadas con actividades deportivas. Hasta 5 años de pena
En el planteamiento se precisa que las personas que siendo responsables de la organización de un evento deportivo o de concurrencia masiva expendieren o distribuyeren un número de boletos pagados y de cortesía, que exceda el aforo del lugar donde se efectúe el programa, serán sancionadas con pena privativa de libertad de dos a cinco años y multa equivalente al doble de lo que produciría el exceso de los boletos emitidos.
En el caso de responsabilidad penal de personas jurídicas, se impondrá la pena de suspensión de sus actividades durante 90 días y multa equivalente al doble de lo que produciría el exceso promedio de los boletos emitidos.
Agravante en el delito
También propone que en el Código Orgánico Integral Penal se incluya como circunstancia agravante para cualquier delito el cometer la infracción en escenarios deportivos, artículos o en lugares que alberguen reuniones masivas de público, o en las inmediaciones establecidas en el respectivo operativo de seguridad que se monte, tres horas antes, durante o tres horas después de un acto y con motivo de éste.
7 casos de contravención
La invasión violenta al escenario, arrojar objetos con la consiguiente suspensión del acto; cuando los dirigentes no denuncian los actos violentos; al ingresar objetos que pudieran ser utilizados como armas; cuando existen golpes entre personas durante un programa; y, el ingreso de bebidas alcohólicas o sustancias sicotrópicas a escenarios deportivos; constituirá contravención que merecerá una sanción con no más de 100 horas de trabajo comunitario y prohibición de ingreso a todo escenario deportivo y de concurrencia masiva hasta un año.