El Servicio de Rentas Internas comunicó a los contribuyentes que, en consideración a que existen varias exoneraciones al Impuesto a Tierras Rurales, y que muchas de ellas deben primero calificarse como tales en los ministerios u organismos especializados respectivos, ha decidido que el plazo para la declaración y pago del Impuesto a las Tierras Rurales se amplía para el ejercicio fiscal 2010, hasta el 30 de noviembre de este año. Esto para que cada contribuyente que posea tierras en el sector rural mayores a 25 hectáreas tenga más tiempo para verificar si su terreno está o no exonerado.
Por eso se recuerda en qué casos rigen las exoneraciones a las tierras rurales:
a) Los inmuebles ubicados a más de 3.500 metros de altura sobre el nivel del mar.
b) Los inmuebles ubicados en áreas de protección o reserva ecológica públicas o privadas, registradas en el organismo público correspondiente, entre otros que se puede revisar en la web del sri.
Finalmente se recuerda que los contribuyentes que se encuentran en el Régimen Impositivo Simplificado, RISE, y que poseen tierras en el sector rural mayores a 25 hectáreas no están exonerados de este tributo.