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Solo dos de cada diez casos de flagrancia llegan a tener sentencia

Última actualización 2012/05/22 at 11:36 AM
Publicado el 22 mayo, 2012
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5 Minutos de lectura
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La preocupación del Gobierno por la cantidad de detenidos que han recuperado la libertad, mediante las llamadas medidas sustitutivas, conllevó a que las autoridades del sector justicia se reunieran simultáneamente en Quito y Guayaquil, con el objetivo de unificar criterios, estandarizar procedimientos y diseñar un mejor control al accionar de los servidores, sean jueces, fiscales o defensores públicos.

Fernando Yávar, vocal del Consejo de la Judicatura en Transición (CJT), informó que de un promedio de 10 juicios que se inician por casos de delitos flagrantes, solamente dos llegan a tener un tipo de sentencia.

Por esa razón, y con la idea de mejorar esas estadísticas en la producción, tanto de sentencias condenatorias como de dictámenes acusatorios, el funcionario indicó que hace tres meses el CJT diseñó un nuevo modelo de gestión en pos de un sistema eficiente que permita aumentar los niveles de persecución penal y duplicar las estadísticas.

Amparado en ese plan, una unidad interinstitucional de flagrancia iniciará sus labores aproximadamente en un mes, en Quito y Guayaquil, con jueces, fiscales y defensores, dedicados exclusivamente a este tipo de casos. Así se busca que los servidores, cuando están de turno, se ocupen en su momento de resolver los delitos flagrantes y después, del resto de casos.

Antonio Gagliardo, fiscal provincial del Guayas, informó que se acordó instaurar un protocolo para controlar el tema del llamado arraigo social al que apelan los defensores para obtener medidas sustitutivas.

Ese arraigo social se basa, por lo general, en presentar planillas de servicio básico u otras facturas, con la finalidad de demostrar que el imputado tiene fijada su residencia y no se ausentará durante el proceso del juicio.
Asimismo, anunció que las instituciones manejarán una sola estadística para saber, semanalmente, qué fiscal o qué juez otorgarán medidas sustitutivas.

“Habrá un monitoreo permanente, todas las semanas, de lo que pasa en las audiencias de flagrancia. Será una forma de auditar qué hacen los jueces, fiscales, defensores y todos los que están inmersos en el sector justicia”, indicó.

En ese sentido, Yávar dijo que no solo los jueces de flagrancia son investigados, sino todos los jueces penales, puesto que otorgan la libertad tanto en las audiencias de flagrancia como dentro de la sustentación de las causas, por tribunales o salas.

“Este es un tema que no solo incluye a los jueces, implica también la actuación de los fiscales, recordemos que el caso inicia desde que la persona es detenida y luego analiza si fue o no flagrante el hecho, luego si formula cargos o no, después si pide prisión preventiva o no. Vamos a analizar si se puede endilgar algún tipo de infracción disciplinaria a los fiscales”, señaló.

Patricio Pazmiño, comandante del Distrito Metropolitano de Guayaquil, indicó que los agentes que hayan tomado procedimiento de una captura en delito flagrante ya no permanecerán junto con los detenidos hasta testificar en la audiencia de flagrancia.

Una vez que arribe a la Policía Judicial, los detenidos quedarán bajo la custodia de la unidad interinstitucional de flagrancia.

Eso optimizará el trabajo policial, manifestó el oficial, puesto que así los agentes no perderán horas custodiando al sospechoso y podrán reintegrarse a las labores de patrullajes.

Por su parte, Iván Escandón y Dubouski de los Márquez, directores del Consejo de la Judicatura de Pichincha, revisaron la documentación del accionar de los jueces. En Quito hay cuatro jueces de flagrancia y cuatro en Guayaquil, sin embargo todos los jueces penales conocen estos casos para los que existen claros procedimientos.

Tania Arias indicó que han destituido a un juez provincial del cual no precisó más datos. Agregó que para julio de este año la propuesta es presentar el Código Procesal no Penal, que reemplazará más de 50 procedimientos con los que actualmente se tramitan problemas en la administración de justicia no penal, por un solo procedimiento oral y ágil, dependiendo de la complejidad del proceso que se trate.

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